jueves, julio 16, 2026
Más que al día
Unirme al canal
  • Política
  • Sucesos
  • Sociedad
  • Deportes
  • Nacional
  • Internacional
  • Sanidad
  • Justicia
  • Economía
  • Ciencia
  • Tecnología
  • Al minuto
  • Más
    • Marruecos
    • Educación
    • Cultura
    • Laboral
    • Sorteo Cruz Roja
    • Resultados lotería
Sin resultado
Ver todos los resultados
  • Política
  • Sucesos
  • Sociedad
  • Deportes
  • Nacional
  • Internacional
  • Sanidad
  • Justicia
  • Economía
  • Ciencia
  • Tecnología
  • Al minuto
  • Más
    • Marruecos
    • Educación
    • Cultura
    • Laboral
    • Sorteo Cruz Roja
    • Resultados lotería
Sin resultado
Ver todos los resultados
Más que al día
Sin resultado
Ver todos los resultados
Unirme al canal

El Tribunal de Justicia de la UE emite este jueves un fallo sobre la legalidad de la amnistía en España

16/07/2026
en Política
Tiempo de lectura: 3 minutos leidos
El Tribunal de Justicia de la UE se pronuncia este jueves sobre la legalidad de la amnistía española

Bruselas — Este jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá un fallo determinante que evaluará si la ley de amnistía adoptada en España se ajusta al Derecho comunitario. Los jueces europeos deben decidir si el indulto relativo al delito de malversación compromete las finanzas de la Unión y si la exoneración en delitos de terrorismo cumple con las normativas europeas.

Esta decisión se produce en la última sesión laboral del tribunal antes del descanso estival y resolverá simultáneamente las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales españoles diferentes:

  • El Tribunal de Cuentas: En relación con la responsabilidad contable por los gastos derivados del procés, en un caso que implica directamente a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas.
  • La Audiencia Nacional: Concerniente al delito de terrorismo por el que están siendo juzgados miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El veredicto del tribunal en Luxemburgo influirá también en la hoja de ruta del Tribunal Constitucional español, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Puigdemont ante la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía por malversación, dictamen fundamental para su posible retorno a España.

El precedente: el respaldo del Abogado General

Aunque la decisión final recae exclusivamente en los jueces del TJUE, la sentencia se basa en las conclusiones no vinculantes presentadas el 13 de noviembre pasado por el abogado general europeo, Dean Spielmann, cuyas propuestas suelen coincidir con las sentencias definitivas en la mayoría de las ocasiones.

En su informe escrito, Spielmann apoyó los fundamentos esenciales de la legislación española a través de estos argumentos:

1. Finanzas europeas y malversación

El abogado general descartó que el proceso independentista de Cataluña haya puesto en peligro los fondos de la Unión. Explicó que la contribución de España al presupuesto comunitario se calcula según su Renta Nacional Bruta (RNB), por lo que no sufriría variaciones. Además, constató la falta de un «vínculo de conexión directa» entre los gastos derivados del procés y las cuentas de la UE, criticando que el Tribunal de Cuentas no presentara evidencias que acreditaran el uso de fondos de la Unión para promover la secesión.

2. Delitos de terrorismo

El análisis técnico no detectó incompatibilidades entre la ley española de amnistía y la directiva europea contra el terrorismo. Spielmann indicó que el texto se ajusta a los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dado que la normativa española excluye explícitamente de la amnistía aquellos delitos que vulneren el derecho a la vida o la integridad física.

3. Exclusión del concepto de «autoamnistía»

El informe rechazó que la medida constituya una «autoamnistía» destinada a proteger a un régimen político o a sus representantes. Por el contrario, la definió como una acción excepcional enfocada en la «normalización institucional y la reconciliación».

El único aspecto cuestionado

El único señalamiento explícito efectuado por el abogado general en su informe se centró en los aspectos formales de la norma. Spielmann cuestionó el plazo obligatorio de dos meses que la ley establece para que los jueces y tribunales españoles resuelvan y apliquen la amnistía en los procesos bajo su competencia o en fase de juicio.

📲
Únete al canal de WhatsApp de Más que al día

Recibe las alertas de última hora directamente en tu móvil.

UNIRME GRATIS AL CANAL

Bruselas — Este jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá un fallo determinante que evaluará si la ley de amnistía adoptada en España se ajusta al Derecho comunitario. Los jueces europeos deben decidir si el indulto relativo al delito de malversación compromete las finanzas de la Unión y si la exoneración en delitos de terrorismo cumple con las normativas europeas.

Esta decisión se produce en la última sesión laboral del tribunal antes del descanso estival y resolverá simultáneamente las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales españoles diferentes:

  • El Tribunal de Cuentas: En relación con la responsabilidad contable por los gastos derivados del procés, en un caso que implica directamente a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas.
  • La Audiencia Nacional: Concerniente al delito de terrorismo por el que están siendo juzgados miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El veredicto del tribunal en Luxemburgo influirá también en la hoja de ruta del Tribunal Constitucional español, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Puigdemont ante la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía por malversación, dictamen fundamental para su posible retorno a España.

El precedente: el respaldo del Abogado General

Aunque la decisión final recae exclusivamente en los jueces del TJUE, la sentencia se basa en las conclusiones no vinculantes presentadas el 13 de noviembre pasado por el abogado general europeo, Dean Spielmann, cuyas propuestas suelen coincidir con las sentencias definitivas en la mayoría de las ocasiones.

En su informe escrito, Spielmann apoyó los fundamentos esenciales de la legislación española a través de estos argumentos:

1. Finanzas europeas y malversación

El abogado general descartó que el proceso independentista de Cataluña haya puesto en peligro los fondos de la Unión. Explicó que la contribución de España al presupuesto comunitario se calcula según su Renta Nacional Bruta (RNB), por lo que no sufriría variaciones. Además, constató la falta de un «vínculo de conexión directa» entre los gastos derivados del procés y las cuentas de la UE, criticando que el Tribunal de Cuentas no presentara evidencias que acreditaran el uso de fondos de la Unión para promover la secesión.

2. Delitos de terrorismo

El análisis técnico no detectó incompatibilidades entre la ley española de amnistía y la directiva europea contra el terrorismo. Spielmann indicó que el texto se ajusta a los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dado que la normativa española excluye explícitamente de la amnistía aquellos delitos que vulneren el derecho a la vida o la integridad física.

3. Exclusión del concepto de «autoamnistía»

El informe rechazó que la medida constituya una «autoamnistía» destinada a proteger a un régimen político o a sus representantes. Por el contrario, la definió como una acción excepcional enfocada en la «normalización institucional y la reconciliación».

El único aspecto cuestionado

El único señalamiento explícito efectuado por el abogado general en su informe se centró en los aspectos formales de la norma. Spielmann cuestionó el plazo obligatorio de dos meses que la ley establece para que los jueces y tribunales españoles resuelvan y apliquen la amnistía en los procesos bajo su competencia o en fase de juicio.

Bruselas — Este jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá un fallo determinante que evaluará si la ley de amnistía adoptada en España se ajusta al Derecho comunitario. Los jueces europeos deben decidir si el indulto relativo al delito de malversación compromete las finanzas de la Unión y si la exoneración en delitos de terrorismo cumple con las normativas europeas.

Esta decisión se produce en la última sesión laboral del tribunal antes del descanso estival y resolverá simultáneamente las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales españoles diferentes:

  • El Tribunal de Cuentas: En relación con la responsabilidad contable por los gastos derivados del procés, en un caso que implica directamente a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas.
  • La Audiencia Nacional: Concerniente al delito de terrorismo por el que están siendo juzgados miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El veredicto del tribunal en Luxemburgo influirá también en la hoja de ruta del Tribunal Constitucional español, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Puigdemont ante la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía por malversación, dictamen fundamental para su posible retorno a España.

El precedente: el respaldo del Abogado General

Aunque la decisión final recae exclusivamente en los jueces del TJUE, la sentencia se basa en las conclusiones no vinculantes presentadas el 13 de noviembre pasado por el abogado general europeo, Dean Spielmann, cuyas propuestas suelen coincidir con las sentencias definitivas en la mayoría de las ocasiones.

En su informe escrito, Spielmann apoyó los fundamentos esenciales de la legislación española a través de estos argumentos:

1. Finanzas europeas y malversación

El abogado general descartó que el proceso independentista de Cataluña haya puesto en peligro los fondos de la Unión. Explicó que la contribución de España al presupuesto comunitario se calcula según su Renta Nacional Bruta (RNB), por lo que no sufriría variaciones. Además, constató la falta de un «vínculo de conexión directa» entre los gastos derivados del procés y las cuentas de la UE, criticando que el Tribunal de Cuentas no presentara evidencias que acreditaran el uso de fondos de la Unión para promover la secesión.

2. Delitos de terrorismo

El análisis técnico no detectó incompatibilidades entre la ley española de amnistía y la directiva europea contra el terrorismo. Spielmann indicó que el texto se ajusta a los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dado que la normativa española excluye explícitamente de la amnistía aquellos delitos que vulneren el derecho a la vida o la integridad física.

3. Exclusión del concepto de «autoamnistía»

El informe rechazó que la medida constituya una «autoamnistía» destinada a proteger a un régimen político o a sus representantes. Por el contrario, la definió como una acción excepcional enfocada en la «normalización institucional y la reconciliación».

El único aspecto cuestionado

El único señalamiento explícito efectuado por el abogado general en su informe se centró en los aspectos formales de la norma. Spielmann cuestionó el plazo obligatorio de dos meses que la ley establece para que los jueces y tribunales españoles resuelvan y apliquen la amnistía en los procesos bajo su competencia o en fase de juicio.

📲
Únete al canal de WhatsApp de Más que al día

Recibe las alertas de última hora directamente en tu móvil.

UNIRME GRATIS AL CANAL

Bruselas — Este jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá un fallo determinante que evaluará si la ley de amnistía adoptada en España se ajusta al Derecho comunitario. Los jueces europeos deben decidir si el indulto relativo al delito de malversación compromete las finanzas de la Unión y si la exoneración en delitos de terrorismo cumple con las normativas europeas.

Esta decisión se produce en la última sesión laboral del tribunal antes del descanso estival y resolverá simultáneamente las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales españoles diferentes:

  • El Tribunal de Cuentas: En relación con la responsabilidad contable por los gastos derivados del procés, en un caso que implica directamente a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas.
  • La Audiencia Nacional: Concerniente al delito de terrorismo por el que están siendo juzgados miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El veredicto del tribunal en Luxemburgo influirá también en la hoja de ruta del Tribunal Constitucional español, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Puigdemont ante la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía por malversación, dictamen fundamental para su posible retorno a España.

El precedente: el respaldo del Abogado General

Aunque la decisión final recae exclusivamente en los jueces del TJUE, la sentencia se basa en las conclusiones no vinculantes presentadas el 13 de noviembre pasado por el abogado general europeo, Dean Spielmann, cuyas propuestas suelen coincidir con las sentencias definitivas en la mayoría de las ocasiones.

En su informe escrito, Spielmann apoyó los fundamentos esenciales de la legislación española a través de estos argumentos:

1. Finanzas europeas y malversación

El abogado general descartó que el proceso independentista de Cataluña haya puesto en peligro los fondos de la Unión. Explicó que la contribución de España al presupuesto comunitario se calcula según su Renta Nacional Bruta (RNB), por lo que no sufriría variaciones. Además, constató la falta de un «vínculo de conexión directa» entre los gastos derivados del procés y las cuentas de la UE, criticando que el Tribunal de Cuentas no presentara evidencias que acreditaran el uso de fondos de la Unión para promover la secesión.

2. Delitos de terrorismo

El análisis técnico no detectó incompatibilidades entre la ley española de amnistía y la directiva europea contra el terrorismo. Spielmann indicó que el texto se ajusta a los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dado que la normativa española excluye explícitamente de la amnistía aquellos delitos que vulneren el derecho a la vida o la integridad física.

3. Exclusión del concepto de «autoamnistía»

El informe rechazó que la medida constituya una «autoamnistía» destinada a proteger a un régimen político o a sus representantes. Por el contrario, la definió como una acción excepcional enfocada en la «normalización institucional y la reconciliación».

El único aspecto cuestionado

El único señalamiento explícito efectuado por el abogado general en su informe se centró en los aspectos formales de la norma. Spielmann cuestionó el plazo obligatorio de dos meses que la ley establece para que los jueces y tribunales españoles resuelvan y apliquen la amnistía en los procesos bajo su competencia o en fase de juicio.

Te puede interesar

La CEP exige la dimisión de la cúpula policial de Ceuta por dejar el control fronterizo nocturno en manos de un solo agente

La CEP solicita la destitución de los mandos policiales de Ceuta por dejar el control nocturno de la frontera en un solo agente

16/07/2026
La directora de la Guardia Civil y su ‘número dos’ declaran como imputados ante el juez por el ‘caso Leire’

La directora y su adjunto de la Guardia Civil declaran como imputados en el ‘caso Leire’

16/07/2026
El juez avala ampliar la investigación a Zapatero por el cobro de 200.000 euros del grupo peruano Gloria

El juez autoriza la ampliación de la investigación a Zapatero por un pago de 200.000 euros del Grupo Gloria peruano

16/07/2026

Bruselas — Este jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá un fallo determinante que evaluará si la ley de amnistía adoptada en España se ajusta al Derecho comunitario. Los jueces europeos deben decidir si el indulto relativo al delito de malversación compromete las finanzas de la Unión y si la exoneración en delitos de terrorismo cumple con las normativas europeas.

Esta decisión se produce en la última sesión laboral del tribunal antes del descanso estival y resolverá simultáneamente las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales españoles diferentes:

  • El Tribunal de Cuentas: En relación con la responsabilidad contable por los gastos derivados del procés, en un caso que implica directamente a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas.
  • La Audiencia Nacional: Concerniente al delito de terrorismo por el que están siendo juzgados miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El veredicto del tribunal en Luxemburgo influirá también en la hoja de ruta del Tribunal Constitucional español, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Puigdemont ante la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía por malversación, dictamen fundamental para su posible retorno a España.

El precedente: el respaldo del Abogado General

Aunque la decisión final recae exclusivamente en los jueces del TJUE, la sentencia se basa en las conclusiones no vinculantes presentadas el 13 de noviembre pasado por el abogado general europeo, Dean Spielmann, cuyas propuestas suelen coincidir con las sentencias definitivas en la mayoría de las ocasiones.

En su informe escrito, Spielmann apoyó los fundamentos esenciales de la legislación española a través de estos argumentos:

1. Finanzas europeas y malversación

El abogado general descartó que el proceso independentista de Cataluña haya puesto en peligro los fondos de la Unión. Explicó que la contribución de España al presupuesto comunitario se calcula según su Renta Nacional Bruta (RNB), por lo que no sufriría variaciones. Además, constató la falta de un «vínculo de conexión directa» entre los gastos derivados del procés y las cuentas de la UE, criticando que el Tribunal de Cuentas no presentara evidencias que acreditaran el uso de fondos de la Unión para promover la secesión.

2. Delitos de terrorismo

El análisis técnico no detectó incompatibilidades entre la ley española de amnistía y la directiva europea contra el terrorismo. Spielmann indicó que el texto se ajusta a los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dado que la normativa española excluye explícitamente de la amnistía aquellos delitos que vulneren el derecho a la vida o la integridad física.

3. Exclusión del concepto de «autoamnistía»

El informe rechazó que la medida constituya una «autoamnistía» destinada a proteger a un régimen político o a sus representantes. Por el contrario, la definió como una acción excepcional enfocada en la «normalización institucional y la reconciliación».

El único aspecto cuestionado

El único señalamiento explícito efectuado por el abogado general en su informe se centró en los aspectos formales de la norma. Spielmann cuestionó el plazo obligatorio de dos meses que la ley establece para que los jueces y tribunales españoles resuelvan y apliquen la amnistía en los procesos bajo su competencia o en fase de juicio.

📲
Únete al canal de WhatsApp de Más que al día

Recibe las alertas de última hora directamente en tu móvil.

UNIRME GRATIS AL CANAL

Bruselas — Este jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá un fallo determinante que evaluará si la ley de amnistía adoptada en España se ajusta al Derecho comunitario. Los jueces europeos deben decidir si el indulto relativo al delito de malversación compromete las finanzas de la Unión y si la exoneración en delitos de terrorismo cumple con las normativas europeas.

Esta decisión se produce en la última sesión laboral del tribunal antes del descanso estival y resolverá simultáneamente las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales españoles diferentes:

  • El Tribunal de Cuentas: En relación con la responsabilidad contable por los gastos derivados del procés, en un caso que implica directamente a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas.
  • La Audiencia Nacional: Concerniente al delito de terrorismo por el que están siendo juzgados miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El veredicto del tribunal en Luxemburgo influirá también en la hoja de ruta del Tribunal Constitucional español, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Puigdemont ante la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía por malversación, dictamen fundamental para su posible retorno a España.

El precedente: el respaldo del Abogado General

Aunque la decisión final recae exclusivamente en los jueces del TJUE, la sentencia se basa en las conclusiones no vinculantes presentadas el 13 de noviembre pasado por el abogado general europeo, Dean Spielmann, cuyas propuestas suelen coincidir con las sentencias definitivas en la mayoría de las ocasiones.

En su informe escrito, Spielmann apoyó los fundamentos esenciales de la legislación española a través de estos argumentos:

1. Finanzas europeas y malversación

El abogado general descartó que el proceso independentista de Cataluña haya puesto en peligro los fondos de la Unión. Explicó que la contribución de España al presupuesto comunitario se calcula según su Renta Nacional Bruta (RNB), por lo que no sufriría variaciones. Además, constató la falta de un «vínculo de conexión directa» entre los gastos derivados del procés y las cuentas de la UE, criticando que el Tribunal de Cuentas no presentara evidencias que acreditaran el uso de fondos de la Unión para promover la secesión.

2. Delitos de terrorismo

El análisis técnico no detectó incompatibilidades entre la ley española de amnistía y la directiva europea contra el terrorismo. Spielmann indicó que el texto se ajusta a los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dado que la normativa española excluye explícitamente de la amnistía aquellos delitos que vulneren el derecho a la vida o la integridad física.

3. Exclusión del concepto de «autoamnistía»

El informe rechazó que la medida constituya una «autoamnistía» destinada a proteger a un régimen político o a sus representantes. Por el contrario, la definió como una acción excepcional enfocada en la «normalización institucional y la reconciliación».

El único aspecto cuestionado

El único señalamiento explícito efectuado por el abogado general en su informe se centró en los aspectos formales de la norma. Spielmann cuestionó el plazo obligatorio de dos meses que la ley establece para que los jueces y tribunales españoles resuelvan y apliquen la amnistía en los procesos bajo su competencia o en fase de juicio.

Bruselas — Este jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá un fallo determinante que evaluará si la ley de amnistía adoptada en España se ajusta al Derecho comunitario. Los jueces europeos deben decidir si el indulto relativo al delito de malversación compromete las finanzas de la Unión y si la exoneración en delitos de terrorismo cumple con las normativas europeas.

Esta decisión se produce en la última sesión laboral del tribunal antes del descanso estival y resolverá simultáneamente las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales españoles diferentes:

  • El Tribunal de Cuentas: En relación con la responsabilidad contable por los gastos derivados del procés, en un caso que implica directamente a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas.
  • La Audiencia Nacional: Concerniente al delito de terrorismo por el que están siendo juzgados miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El veredicto del tribunal en Luxemburgo influirá también en la hoja de ruta del Tribunal Constitucional español, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Puigdemont ante la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía por malversación, dictamen fundamental para su posible retorno a España.

El precedente: el respaldo del Abogado General

Aunque la decisión final recae exclusivamente en los jueces del TJUE, la sentencia se basa en las conclusiones no vinculantes presentadas el 13 de noviembre pasado por el abogado general europeo, Dean Spielmann, cuyas propuestas suelen coincidir con las sentencias definitivas en la mayoría de las ocasiones.

En su informe escrito, Spielmann apoyó los fundamentos esenciales de la legislación española a través de estos argumentos:

1. Finanzas europeas y malversación

El abogado general descartó que el proceso independentista de Cataluña haya puesto en peligro los fondos de la Unión. Explicó que la contribución de España al presupuesto comunitario se calcula según su Renta Nacional Bruta (RNB), por lo que no sufriría variaciones. Además, constató la falta de un «vínculo de conexión directa» entre los gastos derivados del procés y las cuentas de la UE, criticando que el Tribunal de Cuentas no presentara evidencias que acreditaran el uso de fondos de la Unión para promover la secesión.

2. Delitos de terrorismo

El análisis técnico no detectó incompatibilidades entre la ley española de amnistía y la directiva europea contra el terrorismo. Spielmann indicó que el texto se ajusta a los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dado que la normativa española excluye explícitamente de la amnistía aquellos delitos que vulneren el derecho a la vida o la integridad física.

3. Exclusión del concepto de «autoamnistía»

El informe rechazó que la medida constituya una «autoamnistía» destinada a proteger a un régimen político o a sus representantes. Por el contrario, la definió como una acción excepcional enfocada en la «normalización institucional y la reconciliación».

El único aspecto cuestionado

El único señalamiento explícito efectuado por el abogado general en su informe se centró en los aspectos formales de la norma. Spielmann cuestionó el plazo obligatorio de dos meses que la ley establece para que los jueces y tribunales españoles resuelvan y apliquen la amnistía en los procesos bajo su competencia o en fase de juicio.

📲
Únete al canal de WhatsApp de Más que al día

Recibe las alertas de última hora directamente en tu móvil.

UNIRME GRATIS AL CANAL

Bruselas — Este jueves 16 de julio de 2026, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá un fallo determinante que evaluará si la ley de amnistía adoptada en España se ajusta al Derecho comunitario. Los jueces europeos deben decidir si el indulto relativo al delito de malversación compromete las finanzas de la Unión y si la exoneración en delitos de terrorismo cumple con las normativas europeas.

Esta decisión se produce en la última sesión laboral del tribunal antes del descanso estival y resolverá simultáneamente las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales españoles diferentes:

  • El Tribunal de Cuentas: En relación con la responsabilidad contable por los gastos derivados del procés, en un caso que implica directamente a los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas.
  • La Audiencia Nacional: Concerniente al delito de terrorismo por el que están siendo juzgados miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).

El veredicto del tribunal en Luxemburgo influirá también en la hoja de ruta del Tribunal Constitucional español, que tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Puigdemont ante la negativa del Tribunal Supremo a concederle la amnistía por malversación, dictamen fundamental para su posible retorno a España.

El precedente: el respaldo del Abogado General

Aunque la decisión final recae exclusivamente en los jueces del TJUE, la sentencia se basa en las conclusiones no vinculantes presentadas el 13 de noviembre pasado por el abogado general europeo, Dean Spielmann, cuyas propuestas suelen coincidir con las sentencias definitivas en la mayoría de las ocasiones.

En su informe escrito, Spielmann apoyó los fundamentos esenciales de la legislación española a través de estos argumentos:

1. Finanzas europeas y malversación

El abogado general descartó que el proceso independentista de Cataluña haya puesto en peligro los fondos de la Unión. Explicó que la contribución de España al presupuesto comunitario se calcula según su Renta Nacional Bruta (RNB), por lo que no sufriría variaciones. Además, constató la falta de un «vínculo de conexión directa» entre los gastos derivados del procés y las cuentas de la UE, criticando que el Tribunal de Cuentas no presentara evidencias que acreditaran el uso de fondos de la Unión para promover la secesión.

2. Delitos de terrorismo

El análisis técnico no detectó incompatibilidades entre la ley española de amnistía y la directiva europea contra el terrorismo. Spielmann indicó que el texto se ajusta a los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dado que la normativa española excluye explícitamente de la amnistía aquellos delitos que vulneren el derecho a la vida o la integridad física.

3. Exclusión del concepto de «autoamnistía»

El informe rechazó que la medida constituya una «autoamnistía» destinada a proteger a un régimen político o a sus representantes. Por el contrario, la definió como una acción excepcional enfocada en la «normalización institucional y la reconciliación».

El único aspecto cuestionado

El único señalamiento explícito efectuado por el abogado general en su informe se centró en los aspectos formales de la norma. Spielmann cuestionó el plazo obligatorio de dos meses que la ley establece para que los jueces y tribunales españoles resuelvan y apliquen la amnistía en los procesos bajo su competencia o en fase de juicio.

ShareTweet
Anterior noticia

El juez autoriza la ampliación de la investigación a Zapatero por un pago de 200.000 euros del Grupo Gloria peruano

Siguiente noticia

Programación taurina de la Feria de Julio: quién torea hoy en Valencia y a qué hora

Te puede interesar

La CEP exige la dimisión de la cúpula policial de Ceuta por dejar el control fronterizo nocturno en manos de un solo agente
Actualidad

La CEP solicita la destitución de los mandos policiales de Ceuta por dejar el control nocturno de la frontera en un solo agente

Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
La directora de la Guardia Civil y su ‘número dos’ declaran como imputados ante el juez por el ‘caso Leire’
Justicia

La directora y su adjunto de la Guardia Civil declaran como imputados en el ‘caso Leire’

Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
El juez avala ampliar la investigación a Zapatero por el cobro de 200.000 euros del grupo peruano Gloria
Política

El juez autoriza la ampliación de la investigación a Zapatero por un pago de 200.000 euros del Grupo Gloria peruano

Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
Un día como hoy, 16 de julio: de Ceuta y España a Júpiter, una efeméride con historias que sorprenden
Actualidad

Un día como hoy, 16 de julio: de Ceuta y España a Júpiter, una jornada con efemérides destacadas

Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
Begoña Gómez entrega sus billetes a Londres y reprocha al juez Peinado que le exija probar que «no delinque»
Política

Begoña Gómez presenta sus billetes de Londres y cuestiona al juez Peinado por exigirle demostrar que «no incurre en delito»

Por Masquealdia UTMedios
15/07/2026
Sánchez proclama que el fin de la Verja de Gibraltar «abre una nueva era» y «cierra una herida de tres siglos»
Política

Sánchez afirma que el fin de la Verja de Gibraltar «marca una nueva etapa» y «sana una herida de tres siglos»

Por Masquealdia UTMedios
15/07/2026
Feijóo alerta en Madrid de una «democracia debilitada» en España y carga contra el «autoritarismo» del Gobierno
Política

Feijóo alerta en Madrid sobre una «democracia menguante» en España y critica el «autoritarismo» del Ejecutivo

Por Masquealdia UTMedios
15/07/2026
Siguiente noticia
La CEP exige la dimisión de la cúpula policial de Ceuta por dejar el control fronterizo nocturno en manos de un solo agente

La CEP solicita la destitución de los mandos policiales de Ceuta por dejar el control nocturno de la frontera en un solo agente

Jorge Rey advierte de que lo peor de la ola de calor llegará en los próximos días según las cabañuelas

Jorge Rey alerta que lo más intenso de la ola de calor llegará en los próximos días según las cabañuelas

Últimas noticias

¿Hay que desenchufar la nevera si nos vamos de vacaciones? Las recomendaciones de la OCU para ahorrar y evitar bacterias
Economía

Desenchufar la nevera en vacaciones: recomendaciones de la OCU para ahorrar energía y prevenir bacterias

Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
0

La Organización de Consumidores y Usuarios aconseja apagar el frigorífico durante ausencias prolongadas, siempre que se sigan unas pautas estrictas...

Leer más

George Lucas reflexiona sobre la influencia de la inteligencia artificial en el cine y critica el predominio de los ‘focus groups’ en Hollywood

Fallece Fina García, la joven maestra sevillana de 27 años que impactó a España con su mensaje final

AEMET activa aviso por tormentas fuertes, granizo y lluvias de hasta 30 litros por metro cuadrado en diversas zonas de España

Seis de cada diez jóvenes en España ven como entretenimiento habitual el contenido violento en redes sociales

El aumento del transporte marítimo podría elevar el coste de los cacharritos en la Feria de Ceuta 2026

El encarecimiento del transporte marítimo amenaza con subir el precio de los cacharritos en la Feria de Ceuta 2026
Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
0
ShareTweet

Europa refuerza las sanciones y recargos por mantener conectado el coche eléctrico tras la carga

Europa combate la picaresca del coche eléctrico: multas y recargos por no desenchufar el vehículo tras la carga
Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
0
ShareTweet

Playas con mayor frecuencia de bandera morada este verano por medusas y fauna peligrosa

Las playas que más veces colgarán la bandera morada este verano por la presencia de medusas y fauna peligrosa
Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
0
ShareTweet

Argentina logra la remontada frente a Inglaterra (2-1) y disputará la final del Mundial ante España

Argentina remonta ante Inglaterra (2-1) y jugará la gran final del Mundial contra España
Por Masquealdia UTMedios
16/07/2026
0
ShareTweet
  • Contacta
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies

© 2025

Sin resultado
Ver todos los resultados
  • Política
  • Sucesos
  • Sociedad
  • Deportes
  • Nacional
  • Internacional
  • Sanidad
  • Justicia
  • Economía
  • Ciencia
  • Tecnología
  • Al minuto
  • Más
    • Marruecos
    • Educación
    • Cultura
    • Laboral
    • Sorteo Cruz Roja
    • Resultados lotería

© 2025

Gestionar consentimiento

Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el fin legítimo de permitir el uso de un servicio específico expresamente solicitado por el suscriptor o usuario, o para el solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferences
The technical storage or access is necessary for the legitimate purpose of storing preferences that are not requested by the subscriber or user.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente para fines estadísticos. The technical storage or access that is used exclusively for anonymous statistical purposes. Without a subpoena, voluntary compliance on the part of your Internet Service Provider, or additional records from a third party, information stored or retrieved for this purpose alone cannot usually be used to identify you.
Marketing
The technical storage or access is required to create user profiles to send advertising, or to track the user on a website or across several websites for similar marketing purposes.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}