Cinco personas relacionadas en distintos períodos con la Autoridad Portuaria de Ceuta han interpuesto una querella contra el antiguo farero de Punta Almina, acusándolo de presuntos delitos de injurias y calumnias y reclamando indemnizaciones económicas significativas.
Según consta en la querella, los denunciantes son el antiguo jefe de Recursos Humanos del ente portuario, un familiar directo de este, la pareja de otro familiar, el exrepresentante sindical de CC.OO. en el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria y otra persona cercana.
El conflicto se originó a raíz de varios escritos enviados por el exfarero a instituciones estatales, como el Ministerio de Transportes, la Presidencia del Gobierno y la Subdirección General de Inspección de Servicios y Atención al Ciudadano. En ellas, solicitaba que se investigasen determinadas situaciones relacionadas con procesos selectivos llevados a cabo en la Autoridad Portuaria.
La defensa del exfarero argumenta que estas comunicaciones debían mantenerse confidenciales y que la divulgación de su identidad habría vulnerado las garantías establecidas en la Ley 2/2023, relativa a la protección de denuncias sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción.
De acuerdo con esta versión, la documentación habría sido trasladada sucesivamente entre diferentes organismos hasta llegar a la Autoridad Portuaria. El exfarero sostiene que esta divulgación permitió que terceros conocieran tanto el contenido de sus denuncias como su identidad.
Por su parte, el antiguo trabajador portuario sostiene que sus escritos no tenían como objetivo hacer acusaciones concluyentes, sino solicitar una investigación administrativa sobre ciertos procesos de contratación que, en su opinión, presentaban aspectos que requerían revisión.
Para respaldar esta solicitud, afirma haber realizado un análisis basado en criterios socioestadísticos sobre varios procesos selectivos. El estudio habría detectado coincidencias familiares entre personas implicadas en órganos responsables de definir perfiles profesionales y los candidatos que posteriormente obtuvieron puestos.
Entre los casos mencionados se encuentran procesos vinculados a puestos en el área informática y sistemas de asistencia a la navegación. El exfarero argumenta que ciertos vínculos familiares entre miembros de órganos internos y adjudicatarios justificarían, a su parecer, una revisión externa de la regularidad de dichos procedimientos.
Asimismo, pone en duda algunos requisitos técnicos exigidos, o supuestamente no exigidos, en determinadas convocatorias, y considera que se deberían haber tenido en cuenta ciertos estándares internacionales aplicables al ámbito marítimo.
Los querellantes, en cambio, sostienen que estas afirmaciones atentan contra su honor y niegan cualquier irregularidad, razón por la cual han llevado el asunto ante la justicia.
Este caso añade una nueva perspectiva al debate sobre los límites entre el derecho a denunciar posibles irregularidades, la protección de los informantes y el derecho al honor de las personas afectadas. Será el proceso judicial el encargado de determinar si las expresiones vertidas se encuentran amparadas por el interés público y la petición de investigación, o si, por el contrario, superaron el límite de la injuria o calumnia.
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