El Juzgado de lo Penal número 22 de Madrid ha decidido absolver a la historiadora del arte y colaboradora televisiva Pilar Baselga respecto a un supuesto delito de injurias graves contra el honor. La denuncia fue presentada por Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, luego de unas declaraciones emitidas en televisión en noviembre de 2022.
En su fallo, la jueza Beatriz Suárez señala que la expresión «Begoño» en sí misma no constituye un insulto grave, y la califica como una «gracieta» protegida por el derecho a la crítica y el humor satírico (animus iocandi). La parte querellante solicitaba para Baselga una sanción económica de 21.000 euros y una indemnización conjunta con la cadena Distrito TV por 20.000 euros.
Carece de relevancia penal y ausencia de testimonio en juicio
La sentencia establece que Baselga afirmó en el programa Los intocables que existían «sospechas» acerca del género de Gómez en sus inicios, la denominó «esposo» y la relacionó erróneamente con una supuesta red de narcotráfico en Marruecos, motivo por el cual habría salido de la Universidad Complutense y del Instituto de Empresa. No obstante, la magistrada concluye que estas afirmaciones no alcanzan la gravedad penal requerida para configurar un delito de injurias graves.
También se subraya la falta de comparecencia de Begoña Gómez durante el juicio, lo que produce una «quiebra» probatoria. Al no contar con un testimonio directo sobre el impacto real de las declaraciones en su reputación, la falta de respuesta no puede ser suplida por peritajes.
Figura pública y posibilidad de vía civil
El tribunal fundamenta la absolución teniendo en cuenta que Gómez es una figura pública por su condición de esposa del presidente del Gobierno, lo que limita la protección de su derecho al honor frente a la libertad de expresión. Para que exista difamación penal, se exige que la falsedad se exprese con desprecio absoluto hacia la verdad; situación que no se constata en este caso, especialmente tras las disculpas públicas y el reconocimiento por parte de la tertuliana de que sus comentarios fueron desafortunados.
Con este fallo, la cadena Distrito TV queda libre de responsabilidad civil. Finalmente, la magistrada recordó a la demandante que, si bien la vía penal ha sido desestimada, aún dispone de la opción de recurrir a la vía civil para defender sus derechos al honor.
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