Desde el pasado verano, la manera en que los jueces realizan investigaciones en internet ha cambiado en la Unión Europea. Si un fiscal de Berlín o un juez de Roma necesita acceder a chats, correos o datos de ubicación de una persona residente en Madrid, ya no requiere autorización de la justicia española. Solo debe enviar una Orden Europea de Producción directamente a la sede de la empresa tecnológica en Irlanda o Estados Unidos, y esta tendrá un máximo de 10 días (o 8 horas en situaciones de emergencia) para proporcionar la información.
El Reglamento (UE) 2023/1543 ya está plenamente vigente en toda la UE. Sin embargo, en España la situación es poco común y preocupante: el mecanismo europeo funciona, pero la ley española de garantías todavía está en fase de borrador.
Mientras grandes despachos corporativos asesoran a las multinacionales tecnológicas sobre cómo responder a estas órdenes para evitar sanciones de hasta el 2 % de su facturación global, la protección del ciudadano queda sin una defensa clara.
La normativa europea permite aplazar la notificación al afectado para no obstaculizar la investigación. Es posible que una persona esté siendo investigada por un tribunal extranjero sin conocimiento hasta varios meses después.
Al no estar vigente la ley española de adaptación, no existe un procedimiento claro en los tribunales locales para recurrir la entrega de datos de un residente español.
La excepción de datos amparados por el secreto profesional o derechos fundamentales genera incertidumbre sobre quién y de qué manera se filtrará la información confidencial antes de que salga del país.
Únete al canal de WhatsApp de Más que al día
Recibe las alertas de última hora directamente en tu móvil.
UNIRME GRATIS AL CANAL

















