SEVILLA – El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla, que impone una pena de 20 años de cárcel a la mujer que abandonó a su hija recién nacida en un contenedor de basura en Los Palacios, en diciembre de 2023. Gracias a la intervención de vecinos, la menor pudo salvarse.
Un plan para esconder el nacimiento
Los hechos ocurrieron el 18 de diciembre de 2023, cuando la acusada dio a luz en el baño de su casa, ocultando su embarazo a los padres con los que convivía. Tras cortar el cordón umbilical, colocó a la niña en dos bolsas de plástico con la intención clara de provocar su muerte, según la sentencia ratificada este martes.
Para desechar al bebé, la mujer contó con la colaboración de un amigo de la familia que se encontraba temporalmente en el domicilio. Esta persona, con discapacidad intelectual, actuó siguiendo las órdenes de la acusada y dejó las bolsas en el fondo de un contenedor a unos cien metros de la vivienda.
Puntos claves de la resolución del TSJA
El tribunal superior andaluz rechazó por completo el recurso presentado por la defensa, basando su fallo en los siguientes aspectos:
- Intento de asesinato: Se sostiene esta calificación debido a la alevosía por desamparo, dada la total indefensión de la recién nacida.
- No consideración de eximente por consumo de drogas: Pese a reconocer la drogodependencia de la acusada como un atenuante, el tribunal concluyó que el uso de sustancias no fue la causa del delito ni anuló su capacidad de decisión.
- Exculpación del colaborador: Se confirma la ausencia de responsabilidad penal para el hombre que colocó al bebé en el contenedor, debido a su discapacidad intelectual.
«No se han presentado pruebas que cuestionen la racionalidad de la valoración probatoria realizada por la Audiencia», señala el TSJA al respaldar la condena.
Medidas adicionales y protección para la menor
Además de la pena privativa de libertad, se han impuesto estrictas medidas para asegurar la protección de la niña:
- Prohibición de acercamiento: La condenada no podrá acercarse a la menor ni comunicarse con ella a menos de 200 metros durante 24 años.
- Consideración de agravante por parentesco: La pena se incrementa debido al vínculo biológico entre la agresora y la víctima.
- Rechazo a la atenuante por confesión: No se aplicó esta reducción, ya que la madre no colaboró voluntaria ni eficazmente para esclarecer los hechos desde el inicio.
La niña fue rescatada por vecinos alertados por sus llantos y trasladada rápidamente a un centro hospitalario. Actualmente se encuentra bajo supervisión médica que ha garantizado su recuperación tras sufrir hipotermia y riesgo vital en el contenedor.
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