La Delegación del Gobierno en Madrid ha respondido a las acusaciones formuladas desde el Partido Popular negando de forma categórica que se haya prohibido cualquier acto en apoyo a Ceuta. Mediante un comunicado oficial, la entidad autonómica atribuyó directamente al Ayuntamiento de Madrid la difusión de información incorrecta y solicitó a las administraciones públicas que actúen con responsabilidad, evitando propagar rumores y contribuir a la desinformación.
En dicho comunicado, el organismo institucional especifica que las convocatorias realizadas por las administraciones locales no han tenido ningún tipo de restricción. Los ayuntamientos que han organizado concentraciones «pueden llevar a cabo estos actos como institucionales», situación que, según indicaron, se les comunicó de manera expresa. Además, la Delegación confirmó que se ha notificado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sobre estas convocatorias para asegurar la total seguridad durante su celebración.
Diferenciación jurídica: acto institucional frente a manifestación
Para aclarar la controversia, la Delegación del Gobierno recordó el marco legal vigente en España, señalando que las manifestaciones no precisan de autorización previa. No obstante, explicó la diferencia jurídica que existe cuando la iniciativa es promovida por un ayuntamiento:
- Naturaleza del acto: Cuando lo impulsa un ayuntamiento, jurídicamente se considera un acto institucional y no una manifestación ciudadana.
- Ausencia de vetos: “No hay ninguna prohibición; sólo una aclaración jurídica respecto a la naturaleza de la convocatoria”, destacó el organismo para desmentir las acusaciones de veto.
La contestación concluye con un crítico reproche hacia la postura del PP en el ayuntamiento madrileño, lamentando que se utilicen las instituciones públicas para generar controversias sin fundamento y recordando la obligación de mantener la rigurosidad que demandan las administraciones ante la ciudadanía.
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Diferenciación jurídica: acto institucional frente a manifestación
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- Naturaleza del acto: Cuando lo impulsa un ayuntamiento, jurídicamente se considera un acto institucional y no una manifestación ciudadana.
- Ausencia de vetos: “No hay ninguna prohibición; sólo una aclaración jurídica respecto a la naturaleza de la convocatoria”, destacó el organismo para desmentir las acusaciones de veto.
La contestación concluye con un crítico reproche hacia la postura del PP en el ayuntamiento madrileño, lamentando que se utilicen las instituciones públicas para generar controversias sin fundamento y recordando la obligación de mantener la rigurosidad que demandan las administraciones ante la ciudadanía.
La Delegación del Gobierno en Madrid ha respondido a las acusaciones formuladas desde el Partido Popular negando de forma categórica que se haya prohibido cualquier acto en apoyo a Ceuta. Mediante un comunicado oficial, la entidad autonómica atribuyó directamente al Ayuntamiento de Madrid la difusión de información incorrecta y solicitó a las administraciones públicas que actúen con responsabilidad, evitando propagar rumores y contribuir a la desinformación.
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Para aclarar la controversia, la Delegación del Gobierno recordó el marco legal vigente en España, señalando que las manifestaciones no precisan de autorización previa. No obstante, explicó la diferencia jurídica que existe cuando la iniciativa es promovida por un ayuntamiento:
- Naturaleza del acto: Cuando lo impulsa un ayuntamiento, jurídicamente se considera un acto institucional y no una manifestación ciudadana.
- Ausencia de vetos: “No hay ninguna prohibición; sólo una aclaración jurídica respecto a la naturaleza de la convocatoria”, destacó el organismo para desmentir las acusaciones de veto.
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En dicho comunicado, el organismo institucional especifica que las convocatorias realizadas por las administraciones locales no han tenido ningún tipo de restricción. Los ayuntamientos que han organizado concentraciones «pueden llevar a cabo estos actos como institucionales», situación que, según indicaron, se les comunicó de manera expresa. Además, la Delegación confirmó que se ha notificado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sobre estas convocatorias para asegurar la total seguridad durante su celebración.
Diferenciación jurídica: acto institucional frente a manifestación
Para aclarar la controversia, la Delegación del Gobierno recordó el marco legal vigente en España, señalando que las manifestaciones no precisan de autorización previa. No obstante, explicó la diferencia jurídica que existe cuando la iniciativa es promovida por un ayuntamiento:
- Naturaleza del acto: Cuando lo impulsa un ayuntamiento, jurídicamente se considera un acto institucional y no una manifestación ciudadana.
- Ausencia de vetos: “No hay ninguna prohibición; sólo una aclaración jurídica respecto a la naturaleza de la convocatoria”, destacó el organismo para desmentir las acusaciones de veto.
La contestación concluye con un crítico reproche hacia la postura del PP en el ayuntamiento madrileño, lamentando que se utilicen las instituciones públicas para generar controversias sin fundamento y recordando la obligación de mantener la rigurosidad que demandan las administraciones ante la ciudadanía.

















