La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha resuelto archivar una querella presentada por Vox y tres denuncias promovidas por Manos Limpias junto a dos particulares contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los integrantes del Consejo de Ministros. Las imputaciones señalaban presuntos delitos de prevaricación, omisión del deber de socorro y dejación de funciones al presidente y a los ministros de Interior, Defensa y Sanidad debido a la entrada masiva de personas que se produjo en Ceuta en julio pasado.
El Alto Tribunal determina en su fallo que no existen indicios suficientes para iniciar un proceso penal contra los aforados. La Sala indica que sólo contar con el conocimiento de una situación de riesgo o una posición jerárquica en la cadena de mando institucional no implica automáticamente responsabilidad penal, subrayando que las denuncias no detallan de forma concreta las conductas individuales atribuidas a cada querellado.
Vía abierta a la investigación que instruye la Audiencia Nacional
Aunque el Supremo ha decidido archivar las actuaciones, los magistrados puntualizan que ello no constituye un veredicto sobre la inexistencia de delitos en la gestión de la crisis fronteriza. La resolución permite que continúe la investigación penal dirigida por la magistrada María Tardón en el Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, entidad responsable de esclarecer las cuestiones operativas y posibles fallos en los protocolos aplicados.
El auto indica que si durante las diligencias la jueza instructora encuentra pruebas concretas que identifiquen directamente la responsabilidad penal de algún aforado, deberá enviar una exposición razonada al Supremo. En ese momento, la Sala de lo Penal evaluará nuevamente la posibilidad de asumir la competencia para comenzar un procedimiento judicial contra los miembros del Gobierno.
Indeterminación en la cadena de mando y atribución de competencias
La sentencia resalta que permanecen aspectos importantes relacionados con la intervención operativa sin esclarecer, como la persona destinataria final de las alertas de los servicios de inteligencia, los recursos materiales en la frontera y el grado de implicación directa en las decisiones tomadas durante el incidente migratorio. Los magistrados señalan que la responsabilidad general que tienen los ministros no reemplaza la falta de indicios concretos sobre su participación en los hechos.
También, la Sala rechazó las imputaciones que apuntaban a supuestos delitos de colaboración con organización terrorista o homicidio por imprudencia. El tribunal concluye que las referencias a una presunta coordinación con agentes externos no proporcionan evidencias suficientes para vincular los hechos con la conducta personal de los aforados, y por ello procedió a cerrar la investigación en el Supremo mientras continúa el avance de las pesquisas en la Audiencia Nacional.
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