El conjunto de 21 medidas presentado tras el caso de Maricarmen Abascal y el rechazo en el Congreso llega justo antes del 29-N, quedando pendiente su revisión por la Diputación Permanente, donde el documento de Sumar no cuenta con apoyos asegurados.
MADRID — Este miércoles, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha difundido la nueva edición de los dos reales decretos-ley relacionados con la vivienda que fueron aprobados por el Consejo de Ministros. A diferencia de la tramitación anterior, ambos textos se han publicado simultáneamente, estableciendo un calendario escalonado para su entrada en vigor: el primer decreto, que incluye la mayoría de las medidas reguladoras y financieras, comenzará a aplicarse el jueves 8 de octubre, mientras que el segundo, que se centra en la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler, se implementará a partir del 15 de noviembre.
El Gobierno de coalición ha reintroducido este paquete legislativo luego de que el texto inicial fuera derogado en el Congreso y tras la disolución de las Cortes con motivo de las elecciones generales del 29 de noviembre. Al estar el Parlamento disuelto, corresponderá a la Diputación Permanente decidir sobre la validez de estas normas. En este contexto, el primer decreto —que tiene 99 páginas y fue ajustado para obtener el apoyo del PNV— presenta buenas perspectivas de aprobación, mientras que el segundo —impulsado por Sumar y el Sindicato de Inquilinas— enfrenta incertidumbre por la falta de respaldo parlamentario.
Créditos sin interés, restricción a compras especulativas y regulación de desahucios
El primer decreto-ley incorpora un conjunto de 21 medidas orientadas a intervenir en el mercado de vivienda, respondiendo al contexto de protestas sociales que se intensificó tras el desalojo de Maricarmen Abascal, una persona octogenaria. Entre sus principales medidas destaca una línea de avales y créditos públicos con un presupuesto de 10.000 millones de euros, bajo el programa Tu Casa, que otorgará préstamos sin intereses de hasta 50.000 euros para la compra de la vivienda habitual.
En cuanto al mercado inversor, la regulación se endurece para limitar las compras de inmuebles por parte de «fondos buitre», grandes propietarios y sus filiales, extendiendo las restricciones para la adquisición de activos a precios rebajados hasta 2030. Además, se introducen cambios fiscales significativos, como la aplicación de un IVA del 10 % para viviendas de uso turístico y la revisión del régimen fiscal para las Socimi en relación con los beneficios no distribuidos derivados del arrendamiento residencial.
Respecto a la vulnerabilidad habitacional, el decreto establece la suspensión de los desahucios para hogares sin alternativa habitacional hasta el 31 de diciembre de 2030. También se determina que, en los casos de lanzamiento por impago de alquiler en los que la familia no disponga de recursos, la Administración se hará cargo del pago de las deudas y costes judiciales, además de autorizar una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento habitual hasta 2028.
Entrada en vigor diferida y condiciones de indemnización para contratos de alquiler
Por otro lado, el segundo real decreto-ley establece un sistema de prórroga automática para los contratos de alquiler actuales, aunque su aplicación quedará condicionada a un periodo transitorio que comenzará el 15 de noviembre. La norma especifica que las notificaciones de no renovación enviadas antes de la publicación del decreto mantendrán su validez legal y no darán derecho a indemnización.
Para las finalizaciones de contrato comunicadas tras la entrada en vigor del decreto, el arrendador que opte por no renovar el contrato y cumpla con el preaviso de cuatro meses establecido por ley deberá compensar al inquilino. La indemnización será igual a 12 mensualidades, calculadas según el índice estatal de referencia de precios de alquiler, o en su defecto, a una mensualidad por cada año que el inquilino haya residido efectivamente en la vivienda.
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El Gobierno de coalición ha reintroducido este paquete legislativo luego de que el texto inicial fuera derogado en el Congreso y tras la disolución de las Cortes con motivo de las elecciones generales del 29 de noviembre. Al estar el Parlamento disuelto, corresponderá a la Diputación Permanente decidir sobre la validez de estas normas. En este contexto, el primer decreto —que tiene 99 páginas y fue ajustado para obtener el apoyo del PNV— presenta buenas perspectivas de aprobación, mientras que el segundo —impulsado por Sumar y el Sindicato de Inquilinas— enfrenta incertidumbre por la falta de respaldo parlamentario.
Créditos sin interés, restricción a compras especulativas y regulación de desahucios
El primer decreto-ley incorpora un conjunto de 21 medidas orientadas a intervenir en el mercado de vivienda, respondiendo al contexto de protestas sociales que se intensificó tras el desalojo de Maricarmen Abascal, una persona octogenaria. Entre sus principales medidas destaca una línea de avales y créditos públicos con un presupuesto de 10.000 millones de euros, bajo el programa Tu Casa, que otorgará préstamos sin intereses de hasta 50.000 euros para la compra de la vivienda habitual.
En cuanto al mercado inversor, la regulación se endurece para limitar las compras de inmuebles por parte de «fondos buitre», grandes propietarios y sus filiales, extendiendo las restricciones para la adquisición de activos a precios rebajados hasta 2030. Además, se introducen cambios fiscales significativos, como la aplicación de un IVA del 10 % para viviendas de uso turístico y la revisión del régimen fiscal para las Socimi en relación con los beneficios no distribuidos derivados del arrendamiento residencial.
Respecto a la vulnerabilidad habitacional, el decreto establece la suspensión de los desahucios para hogares sin alternativa habitacional hasta el 31 de diciembre de 2030. También se determina que, en los casos de lanzamiento por impago de alquiler en los que la familia no disponga de recursos, la Administración se hará cargo del pago de las deudas y costes judiciales, además de autorizar una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento habitual hasta 2028.
Entrada en vigor diferida y condiciones de indemnización para contratos de alquiler
Por otro lado, el segundo real decreto-ley establece un sistema de prórroga automática para los contratos de alquiler actuales, aunque su aplicación quedará condicionada a un periodo transitorio que comenzará el 15 de noviembre. La norma especifica que las notificaciones de no renovación enviadas antes de la publicación del decreto mantendrán su validez legal y no darán derecho a indemnización.
Para las finalizaciones de contrato comunicadas tras la entrada en vigor del decreto, el arrendador que opte por no renovar el contrato y cumpla con el preaviso de cuatro meses establecido por ley deberá compensar al inquilino. La indemnización será igual a 12 mensualidades, calculadas según el índice estatal de referencia de precios de alquiler, o en su defecto, a una mensualidad por cada año que el inquilino haya residido efectivamente en la vivienda.
El conjunto de 21 medidas presentado tras el caso de Maricarmen Abascal y el rechazo en el Congreso llega justo antes del 29-N, quedando pendiente su revisión por la Diputación Permanente, donde el documento de Sumar no cuenta con apoyos asegurados.
MADRID — Este miércoles, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha difundido la nueva edición de los dos reales decretos-ley relacionados con la vivienda que fueron aprobados por el Consejo de Ministros. A diferencia de la tramitación anterior, ambos textos se han publicado simultáneamente, estableciendo un calendario escalonado para su entrada en vigor: el primer decreto, que incluye la mayoría de las medidas reguladoras y financieras, comenzará a aplicarse el jueves 8 de octubre, mientras que el segundo, que se centra en la prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler, se implementará a partir del 15 de noviembre.
El Gobierno de coalición ha reintroducido este paquete legislativo luego de que el texto inicial fuera derogado en el Congreso y tras la disolución de las Cortes con motivo de las elecciones generales del 29 de noviembre. Al estar el Parlamento disuelto, corresponderá a la Diputación Permanente decidir sobre la validez de estas normas. En este contexto, el primer decreto —que tiene 99 páginas y fue ajustado para obtener el apoyo del PNV— presenta buenas perspectivas de aprobación, mientras que el segundo —impulsado por Sumar y el Sindicato de Inquilinas— enfrenta incertidumbre por la falta de respaldo parlamentario.
Créditos sin interés, restricción a compras especulativas y regulación de desahucios
El primer decreto-ley incorpora un conjunto de 21 medidas orientadas a intervenir en el mercado de vivienda, respondiendo al contexto de protestas sociales que se intensificó tras el desalojo de Maricarmen Abascal, una persona octogenaria. Entre sus principales medidas destaca una línea de avales y créditos públicos con un presupuesto de 10.000 millones de euros, bajo el programa Tu Casa, que otorgará préstamos sin intereses de hasta 50.000 euros para la compra de la vivienda habitual.
En cuanto al mercado inversor, la regulación se endurece para limitar las compras de inmuebles por parte de «fondos buitre», grandes propietarios y sus filiales, extendiendo las restricciones para la adquisición de activos a precios rebajados hasta 2030. Además, se introducen cambios fiscales significativos, como la aplicación de un IVA del 10 % para viviendas de uso turístico y la revisión del régimen fiscal para las Socimi en relación con los beneficios no distribuidos derivados del arrendamiento residencial.
Respecto a la vulnerabilidad habitacional, el decreto establece la suspensión de los desahucios para hogares sin alternativa habitacional hasta el 31 de diciembre de 2030. También se determina que, en los casos de lanzamiento por impago de alquiler en los que la familia no disponga de recursos, la Administración se hará cargo del pago de las deudas y costes judiciales, además de autorizar una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento habitual hasta 2028.
Entrada en vigor diferida y condiciones de indemnización para contratos de alquiler
Por otro lado, el segundo real decreto-ley establece un sistema de prórroga automática para los contratos de alquiler actuales, aunque su aplicación quedará condicionada a un periodo transitorio que comenzará el 15 de noviembre. La norma especifica que las notificaciones de no renovación enviadas antes de la publicación del decreto mantendrán su validez legal y no darán derecho a indemnización.
Para las finalizaciones de contrato comunicadas tras la entrada en vigor del decreto, el arrendador que opte por no renovar el contrato y cumpla con el preaviso de cuatro meses establecido por ley deberá compensar al inquilino. La indemnización será igual a 12 mensualidades, calculadas según el índice estatal de referencia de precios de alquiler, o en su defecto, a una mensualidad por cada año que el inquilino haya residido efectivamente en la vivienda.
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El Gobierno de coalición ha reintroducido este paquete legislativo luego de que el texto inicial fuera derogado en el Congreso y tras la disolución de las Cortes con motivo de las elecciones generales del 29 de noviembre. Al estar el Parlamento disuelto, corresponderá a la Diputación Permanente decidir sobre la validez de estas normas. En este contexto, el primer decreto —que tiene 99 páginas y fue ajustado para obtener el apoyo del PNV— presenta buenas perspectivas de aprobación, mientras que el segundo —impulsado por Sumar y el Sindicato de Inquilinas— enfrenta incertidumbre por la falta de respaldo parlamentario.
Créditos sin interés, restricción a compras especulativas y regulación de desahucios
El primer decreto-ley incorpora un conjunto de 21 medidas orientadas a intervenir en el mercado de vivienda, respondiendo al contexto de protestas sociales que se intensificó tras el desalojo de Maricarmen Abascal, una persona octogenaria. Entre sus principales medidas destaca una línea de avales y créditos públicos con un presupuesto de 10.000 millones de euros, bajo el programa Tu Casa, que otorgará préstamos sin intereses de hasta 50.000 euros para la compra de la vivienda habitual.
En cuanto al mercado inversor, la regulación se endurece para limitar las compras de inmuebles por parte de «fondos buitre», grandes propietarios y sus filiales, extendiendo las restricciones para la adquisición de activos a precios rebajados hasta 2030. Además, se introducen cambios fiscales significativos, como la aplicación de un IVA del 10 % para viviendas de uso turístico y la revisión del régimen fiscal para las Socimi en relación con los beneficios no distribuidos derivados del arrendamiento residencial.
Respecto a la vulnerabilidad habitacional, el decreto establece la suspensión de los desahucios para hogares sin alternativa habitacional hasta el 31 de diciembre de 2030. También se determina que, en los casos de lanzamiento por impago de alquiler en los que la familia no disponga de recursos, la Administración se hará cargo del pago de las deudas y costes judiciales, además de autorizar una prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento habitual hasta 2028.
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Por otro lado, el segundo real decreto-ley establece un sistema de prórroga automática para los contratos de alquiler actuales, aunque su aplicación quedará condicionada a un periodo transitorio que comenzará el 15 de noviembre. La norma especifica que las notificaciones de no renovación enviadas antes de la publicación del decreto mantendrán su validez legal y no darán derecho a indemnización.
Para las finalizaciones de contrato comunicadas tras la entrada en vigor del decreto, el arrendador que opte por no renovar el contrato y cumpla con el preaviso de cuatro meses establecido por ley deberá compensar al inquilino. La indemnización será igual a 12 mensualidades, calculadas según el índice estatal de referencia de precios de alquiler, o en su defecto, a una mensualidad por cada año que el inquilino haya residido efectivamente en la vivienda.
















