El Consejo Superior de Deportes ha iniciado un procedimiento de oficio contra el presidente de LaLiga, tras sus comparaciones entre los métodos comunicativos del club blanco y la propaganda nazi utilizada por Goebbels, considerando que podrían afectar la dignidad y el decoro deportivos.
Este jueves, el Consejo Superior de Deportes (CSD) ha elevado una petición fundamentada al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para que valore las manifestaciones del presidente de LaLiga, Javier Tebas, dirigidas al Real Madrid. La entidad estatal ha adoptado esta medida para que el tribunal analice si existe posible infracción del artículo 76.4.b de la Ley 10/1990 del Deporte, que considera graves los actos notorios y públicos que atentan contra la dignidad o decoro deportivos.
La actuación administrativa se origina a partir del 16 de octubre pasado, cuando el presidente de la organización de clubes emitió un mensaje en la red social X donde comparaba las emisiones de Real Madrid TV, canal oficial del club, con la estrategia comunicativa del régimen nacionalsocialista. Específicamente, Tebas relacionó los métodos de dicho canal con los «mecanismos de propaganda que empleó Goebbels, ministro de Propaganda de la Alemania nazi», según consta en la documentación presentada.
El marco normativo y la doctrina del Tribunal Administrativo del Deporte
En el documento enviado al TAD —un órgano colegiado con independencia funcional en la resolución de asuntos—, el CSD justifica la petición en el ejercicio de sus competencias para preservar la integridad en las competiciones. Esta solicitud hace referencia expresa a la doctrina jurisprudencial establecida por el propio Tribunal Administrativo del Deporte, en concordancia con la doctrina del Tribunal Supremo.
Según los criterios del Consejo Superior de Deportes, la jurisprudencia aplicable indica que la dignidad y el decoro deportivos están vinculados directamente con el mantenimiento de un entorno de convivencia civilizada dentro del ámbito deportivo. Para que este marco institucional funcione adecuadamente, se requiere, conforme a la doctrina mencionada, un respeto mutuo y constante entre las personas y dirigentes que tienen responsabilidades importantes en el deporte español.
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La actuación administrativa se origina a partir del 16 de octubre pasado, cuando el presidente de la organización de clubes emitió un mensaje en la red social X donde comparaba las emisiones de Real Madrid TV, canal oficial del club, con la estrategia comunicativa del régimen nacionalsocialista. Específicamente, Tebas relacionó los métodos de dicho canal con los «mecanismos de propaganda que empleó Goebbels, ministro de Propaganda de la Alemania nazi», según consta en la documentación presentada.
El marco normativo y la doctrina del Tribunal Administrativo del Deporte
En el documento enviado al TAD —un órgano colegiado con independencia funcional en la resolución de asuntos—, el CSD justifica la petición en el ejercicio de sus competencias para preservar la integridad en las competiciones. Esta solicitud hace referencia expresa a la doctrina jurisprudencial establecida por el propio Tribunal Administrativo del Deporte, en concordancia con la doctrina del Tribunal Supremo.
Según los criterios del Consejo Superior de Deportes, la jurisprudencia aplicable indica que la dignidad y el decoro deportivos están vinculados directamente con el mantenimiento de un entorno de convivencia civilizada dentro del ámbito deportivo. Para que este marco institucional funcione adecuadamente, se requiere, conforme a la doctrina mencionada, un respeto mutuo y constante entre las personas y dirigentes que tienen responsabilidades importantes en el deporte español.
El Consejo Superior de Deportes ha iniciado un procedimiento de oficio contra el presidente de LaLiga, tras sus comparaciones entre los métodos comunicativos del club blanco y la propaganda nazi utilizada por Goebbels, considerando que podrían afectar la dignidad y el decoro deportivos.
Este jueves, el Consejo Superior de Deportes (CSD) ha elevado una petición fundamentada al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para que valore las manifestaciones del presidente de LaLiga, Javier Tebas, dirigidas al Real Madrid. La entidad estatal ha adoptado esta medida para que el tribunal analice si existe posible infracción del artículo 76.4.b de la Ley 10/1990 del Deporte, que considera graves los actos notorios y públicos que atentan contra la dignidad o decoro deportivos.
La actuación administrativa se origina a partir del 16 de octubre pasado, cuando el presidente de la organización de clubes emitió un mensaje en la red social X donde comparaba las emisiones de Real Madrid TV, canal oficial del club, con la estrategia comunicativa del régimen nacionalsocialista. Específicamente, Tebas relacionó los métodos de dicho canal con los «mecanismos de propaganda que empleó Goebbels, ministro de Propaganda de la Alemania nazi», según consta en la documentación presentada.
El marco normativo y la doctrina del Tribunal Administrativo del Deporte
En el documento enviado al TAD —un órgano colegiado con independencia funcional en la resolución de asuntos—, el CSD justifica la petición en el ejercicio de sus competencias para preservar la integridad en las competiciones. Esta solicitud hace referencia expresa a la doctrina jurisprudencial establecida por el propio Tribunal Administrativo del Deporte, en concordancia con la doctrina del Tribunal Supremo.
Según los criterios del Consejo Superior de Deportes, la jurisprudencia aplicable indica que la dignidad y el decoro deportivos están vinculados directamente con el mantenimiento de un entorno de convivencia civilizada dentro del ámbito deportivo. Para que este marco institucional funcione adecuadamente, se requiere, conforme a la doctrina mencionada, un respeto mutuo y constante entre las personas y dirigentes que tienen responsabilidades importantes en el deporte español.
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Este jueves, el Consejo Superior de Deportes (CSD) ha elevado una petición fundamentada al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) para que valore las manifestaciones del presidente de LaLiga, Javier Tebas, dirigidas al Real Madrid. La entidad estatal ha adoptado esta medida para que el tribunal analice si existe posible infracción del artículo 76.4.b de la Ley 10/1990 del Deporte, que considera graves los actos notorios y públicos que atentan contra la dignidad o decoro deportivos.
La actuación administrativa se origina a partir del 16 de octubre pasado, cuando el presidente de la organización de clubes emitió un mensaje en la red social X donde comparaba las emisiones de Real Madrid TV, canal oficial del club, con la estrategia comunicativa del régimen nacionalsocialista. Específicamente, Tebas relacionó los métodos de dicho canal con los «mecanismos de propaganda que empleó Goebbels, ministro de Propaganda de la Alemania nazi», según consta en la documentación presentada.
El marco normativo y la doctrina del Tribunal Administrativo del Deporte
En el documento enviado al TAD —un órgano colegiado con independencia funcional en la resolución de asuntos—, el CSD justifica la petición en el ejercicio de sus competencias para preservar la integridad en las competiciones. Esta solicitud hace referencia expresa a la doctrina jurisprudencial establecida por el propio Tribunal Administrativo del Deporte, en concordancia con la doctrina del Tribunal Supremo.
Según los criterios del Consejo Superior de Deportes, la jurisprudencia aplicable indica que la dignidad y el decoro deportivos están vinculados directamente con el mantenimiento de un entorno de convivencia civilizada dentro del ámbito deportivo. Para que este marco institucional funcione adecuadamente, se requiere, conforme a la doctrina mencionada, un respeto mutuo y constante entre las personas y dirigentes que tienen responsabilidades importantes en el deporte español.
















