El sindicato considera que la situación refleja una gestión deficiente por parte de la dirección y reclama el pago inmediato y retroactivo de las cantidades establecidas en el convenio colectivo.
CEUTA. En un comunicado publicado este jueves, Comisiones Obreras (CCOO) ha hecho pública su denuncia respecto a las demoras en el pago de los atrasos correspondientes a la ayuda destinada a trabajadores que tienen familiares con discapacidad en Servilimpce. Esta prestación, contemplada en el artículo 31 del convenio colectivo, establece una cuantía de 125 euros mensuales.
De acuerdo con el sindicato, la empresa está cumpliendo con los pagos mensuales vigentes a aquellos empleados que disponen de la acreditación oficial sobre la discapacidad física o psíquica de un familiar. Para CCOO, esto confirma que «la documentación presentada por los trabajadores es adecuada y cumple con los requisitos establecidos». No obstante, el inconveniente está en que las cantidades adeudadas de forma retroactiva no están siendo abonadas a gran parte de la plantilla que tiene derecho a ellas.
Posición de la empresa ante las críticas
La dirección de Servilimpce ha argumentado que la demora se debe a que en este momento «se están revisando todas las solicitudes» y los expedientes aportados por los trabajadores.
Esta explicación no satisface al sindicato, que señala directamente una carencia de eficacia administrativa:
«La situación refleja nuevamente una mala gestión por parte de la gerencia de Servilimpce, ocasionando retrasos injustificados en derechos económicos ya reconocidos, que la propia empresa confirma mediante el pago actual mensual».
Demandan una solución sin demora
CCOO ha expresado su sorpresa ante el bloqueo en los pagos que la empresa misma ha aceptado y validado internamente. Por ello, solicitan que se realice el pago inmediato de todos los atrasos pendientes.
El sindicato concluye el comunicado reiterando su compromiso con la protección de los derechos laborales de la plantilla y advirtiendo que supervisarán el cumplimiento total del convenio colectivo, sin permitir más retrasos en los pagos que legítimamente corresponden a los trabajadores.
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