La Comisión Europea ha comenzado un nuevo procedimiento contra España debido al incumplimiento de ciertas normativas comunitarias. Bruselas ha identificado deficiencias en la legislación española relativa a la morosidad en el sector minorista y ha concedido un plazo al Gobierno para adaptar la regulación sobre el blanqueo de capitales en operaciones con criptoactivos.
El organismo comunitario ha otorgado a España un plazo de dos meses para corregir las irregularidades detectadas. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá continuar con el proceso y, eventualmente, llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Bruselas abre expediente a España por morosidad
Respecto a la morosidad, la Comisión ha enviado a España una carta de emplazamiento, que constituye el primer paso en un procedimiento por presunta infracción. Bruselas entiende que la normativa española no se ajusta de forma adecuada a las directrices europeas sobre la puntualidad en los pagos en el sector minorista.
El inconveniente radica en que los plazos de pago para ciertos bienes de consumo pueden extenderse sistemáticamente más allá de los 60 días e incluso superar los 120 días. Para la Comisión, esta práctica no es coherente con la interpretación del TJUE, que insiste en la necesidad de asegurar pagos puntuales entre empresas.
Bruselas subraya que los plazos de pago son fundamentales para el correcto funcionamiento del Mercado Único, ya que impactan directamente en la liquidez de las empresas, especialmente las pequeñas y medianas.
Dos meses para solucionar las deficiencias
España cuenta ahora con dos meses para responder a Bruselas y tomar las medidas necesarias. Si las explicaciones o modificaciones planteadas no resultan satisfactorias, la Comisión podrá avanzar hacia la siguiente etapa del procedimiento sancionador.
Esta fase siguiente implica un dictamen motivado, que supone la última oportunidad para corregir el incumplimiento antes de que el caso pueda ser remitido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Ultimátum por el blanqueo de capitales en criptoactivos
Además, la Comisión Europea ha advertido a España por no haber incorporado plenamente en su normativa los cambios introducidos por la Cuarta Directiva contra el blanqueo de capitales.
Esta directiva tiene como finalidad reforzar el control sobre las transferencias de dinero y criptoactivos, exigiendo la identificación tanto del emisor como del receptor de cada operación. Bruselas busca eliminar espacios de anonimato que pudieran facilitar el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
En este caso, la Comisión ya ha enviado un dictamen motivado, señalando una etapa más avanzada en el proceso. España dispone de un plazo adicional de dos meses para completar la transposición e informar acerca de las medidas adoptadas.
La UE pretende eliminar el anonimato en las criptomonedas
La reciente normativa europea establece que las transacciones con criptomonedas deben someterse a controles equivalentes a los aplicados en el sistema financiero tradicional. Esto implica que las transferencias de criptoactivos deben incluir información detallada sobre el emisor y el receptor.
La Comisión considera que esta trazabilidad es esencial para impedir el uso de criptomonedas como mecanismo para ocultar fondos ilícitos. Asimismo, la normativa exige que los Estados miembros establezcan sanciones administrativas para las personas y empresas que infrinjan estas obligaciones.
España no notificó las sanciones dentro del plazo establecido
Bruselas critica a España por no haber completado la aplicación del reglamento europeo ni haber comunicado las sanciones administrativas pertinentes antes del 30 de diciembre de 2024, fecha límite establecida.
Para la Comisión, esta omisión genera vacíos en el sistema de control y limita la capacidad de las autoridades para investigar operaciones sospechosas relacionadas con criptoactivos.
Posibilidad de que el caso llegue al Tribunal de Justicia de la UE
Los dos procedimientos inician un nuevo desencuentro entre Bruselas y España. En el caso de la morosidad, el trámite se encuentra en una etapa inicial. En cuanto al blanqueo de capitales, el proceso está más avanzado y el margen para evitar el siguiente paso es más estrecho.
Si España no subsana las deficiencias señaladas, la Comisión Europea podrá presentar el caso ante el TJUE, lo que podría derivar en una sentencia adversa y posibles sanciones económicas.
El mensaje de Bruselas es claro: España debe actualizar su legislación conforme a las normativas europeas, tanto para garantizar pagos puntuales entre compañías como para fortalecer el control sobre las operaciones financieras y criptoactivos.
Únete al canal de WhatsApp de Más que al día
Recibe las alertas de última hora directamente en tu móvil.
UNIRME GRATIS AL CANAL















