Esta iniciativa, dirigida a promover la reincorporación laboral, posibilita combinar la prestación por desempleo con un contrato por cuenta ajena hasta un máximo de 180 días. Desde el 1 de enero, el pago se efectúa automáticamente.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha implementado a comienzos de 2026 una de las modificaciones más esperadas en el mercado laboral español: el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE). Su finalidad es clara: evitar que la entrada en un empleo suponga la pérdida inmediata de la protección económica, facilitando la transición de quienes buscan empleo hacia una actividad remunerada sin riesgo financiero.
A diferencia del procedimiento anterior, desde enero de 2026 el SEPE aplica esta compatibilidad de manera automática para los beneficiarios que cumplan las condiciones necesarias, suprimiendo gestiones administrativas adicionales.
¿Quiénes son elegibles para el CAE?
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UNIRME GRATIS AL CANALLa posibilidad de acceder a este complemento depende del tipo de prestación de la que provenga el trabajador: si es una prestación contributiva (paro cuantificado por cotizaciones) o un subsidio (ayuda asistencial).
1. Desde la Prestación Contributiva (Paro)
• Para prestaciones iniciadas después del 1 de abril de 2025: es necesario haber consumido al menos 9 meses de prestación y contar con una duración total reconocida mayor a 12 meses.
• Para prestaciones anteriores: se exige que el trabajo sea a jornada completa, en uno o varios contratos, y que la empresa no tenga vínculo familiar directo ni se haya trabajado en ella en los últimos 12 meses.
• Exclusión: no aplica si la prestación deriva de un ERTE o del Mecanismo RED.
2. Desde el Subsidio por Desempleo
• Se activa cuando se accede a un empleo a tiempo parcial tras agotar la prestación contributiva o en situaciones de insuficiencia de cotización (entre 90 y 359 días cotizados).
• En este caso, el complemento se abona desde el primer día del contrato.
Importes y plazo: ¿Cuál es la cuantía y duración?
El CAE puede percibirse durante un máximo de 180 días (6 meses). La cuantía se reduce progresivamente para incentivar que el salario constituyan el ingreso principal:
• Primer trimestre de compatibilidad: corresponde al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Considerando que el IPREM en 2026 se mantiene en 600 €, se recibe aproximadamente 480 €/mes.
• Segundo trimestre: la cuantía desciende al 60% del IPREM (alrededor de 360 €/mes).
• A partir del séptimo mes: este complemento finaliza y el trabajador debe depender únicamente de su salario.
Nota: los importes pueden ajustarse proporcionalmente si el empleo es a tiempo parcial.
¿Qué ocurre si se finaliza el empleo?
Si la relación laboral termina o se suspende durante el periodo en que se percibe el CAE, se dispone de 15 días hábiles para notificarlo al SEPE. En ese momento, la ayuda se suspende y el beneficiario puede retomar la prestación original si aún tiene derecho a ella.

















