MADRID — La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado la reapertura del caso contra el activista de ultraderecha Vito Quiles por supuestas coacciones a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, tras un incidente que tuvo lugar a finales de abril en un local de hostelería de Las Rozas, Madrid.
Mediante esta resolución, la Sección Cuarta del tribunal madrileño deja sin efecto el sobreseimiento provisional del pasado 12 de mayo, dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Majadahonda, que había archivado el caso al considerar que las grabaciones no demostraban contacto físico ni agresiones que constituyeran delito.
Análisis sobre la limitación de la libertad
La Audiencia aceptó los recursos de apelación presentados por la defensa de Begoña Gómez y la Fiscalía Provincial de Madrid. En el auto, los jueces indican que la falta de agresiones físicas o contacto directo registrado en las grabaciones no agota el análisis penal del incidente.
El tribunal considera prematuro cerrar la instrucción sin examinar en profundidad si la conducta del acusado —quien entró al local, se acercó a Gómez mientras ella estaba sentada y empezó a grabarla y cuestionarla— implicó una coacción o acoso que afectó indebidamente su libertad y la obligó a retirarse anticipadamente del lugar.
Retorno de las actuaciones al juzgado de origen
Tras admitir los recursos, la Audiencia de Madrid remite las actuaciones al juzgado inicial para que el juez instructor reabra el proceso, lleve a cabo las diligencias necesarias y determine si lo ocurrido encaja dentro del Código Penal.
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Mediante esta resolución, la Sección Cuarta del tribunal madrileño deja sin efecto el sobreseimiento provisional del pasado 12 de mayo, dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Majadahonda, que había archivado el caso al considerar que las grabaciones no demostraban contacto físico ni agresiones que constituyeran delito.
Análisis sobre la limitación de la libertad
La Audiencia aceptó los recursos de apelación presentados por la defensa de Begoña Gómez y la Fiscalía Provincial de Madrid. En el auto, los jueces indican que la falta de agresiones físicas o contacto directo registrado en las grabaciones no agota el análisis penal del incidente.
El tribunal considera prematuro cerrar la instrucción sin examinar en profundidad si la conducta del acusado —quien entró al local, se acercó a Gómez mientras ella estaba sentada y empezó a grabarla y cuestionarla— implicó una coacción o acoso que afectó indebidamente su libertad y la obligó a retirarse anticipadamente del lugar.
Retorno de las actuaciones al juzgado de origen
Tras admitir los recursos, la Audiencia de Madrid remite las actuaciones al juzgado inicial para que el juez instructor reabra el proceso, lleve a cabo las diligencias necesarias y determine si lo ocurrido encaja dentro del Código Penal.
MADRID — La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado la reapertura del caso contra el activista de ultraderecha Vito Quiles por supuestas coacciones a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, tras un incidente que tuvo lugar a finales de abril en un local de hostelería de Las Rozas, Madrid.
Mediante esta resolución, la Sección Cuarta del tribunal madrileño deja sin efecto el sobreseimiento provisional del pasado 12 de mayo, dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Majadahonda, que había archivado el caso al considerar que las grabaciones no demostraban contacto físico ni agresiones que constituyeran delito.
Análisis sobre la limitación de la libertad
La Audiencia aceptó los recursos de apelación presentados por la defensa de Begoña Gómez y la Fiscalía Provincial de Madrid. En el auto, los jueces indican que la falta de agresiones físicas o contacto directo registrado en las grabaciones no agota el análisis penal del incidente.
El tribunal considera prematuro cerrar la instrucción sin examinar en profundidad si la conducta del acusado —quien entró al local, se acercó a Gómez mientras ella estaba sentada y empezó a grabarla y cuestionarla— implicó una coacción o acoso que afectó indebidamente su libertad y la obligó a retirarse anticipadamente del lugar.
Retorno de las actuaciones al juzgado de origen
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Mediante esta resolución, la Sección Cuarta del tribunal madrileño deja sin efecto el sobreseimiento provisional del pasado 12 de mayo, dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Majadahonda, que había archivado el caso al considerar que las grabaciones no demostraban contacto físico ni agresiones que constituyeran delito.
Análisis sobre la limitación de la libertad
La Audiencia aceptó los recursos de apelación presentados por la defensa de Begoña Gómez y la Fiscalía Provincial de Madrid. En el auto, los jueces indican que la falta de agresiones físicas o contacto directo registrado en las grabaciones no agota el análisis penal del incidente.
El tribunal considera prematuro cerrar la instrucción sin examinar en profundidad si la conducta del acusado —quien entró al local, se acercó a Gómez mientras ella estaba sentada y empezó a grabarla y cuestionarla— implicó una coacción o acoso que afectó indebidamente su libertad y la obligó a retirarse anticipadamente del lugar.
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Tras admitir los recursos, la Audiencia de Madrid remite las actuaciones al juzgado inicial para que el juez instructor reabra el proceso, lleve a cabo las diligencias necesarias y determine si lo ocurrido encaja dentro del Código Penal.
















