El juez Antonio Piña tacha de “meras suposiciones” las acusaciones de Hazte Oír y rechaza investigar al expresidente basándose únicamente en recortes de prensa
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Antonio Piña, ha dictado este lunes, 3 de febrero, el archivo libre de la querella interpuesta por la asociación Hazte Oír contra el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero. La denuncia pretendía vincular al político español con delitos de organización criminal, tráfico de drogas y blanqueo de capitales, basándose en su papel como mediador con el Gobierno de Nicolás Maduro.
Los argumentos del juez: de la noticia a la prueba
En un auto contundente, el magistrado desmonta la estrategia de la acusación punto por punto, señalando la falta de rigor jurídico en la presentación de los hechos:
- Fuentes abiertas sin indicios: El juez alerta de que la querella se nutre exclusivamente de informaciones periodísticas y fuentes abiertas, lo cual es insuficiente para abrir una causa penal. No se puede “inferir” de estas noticias que Zapatero fuera un colaborador necesario en actividades delictivas.
- Confusión institucional: El magistrado aclara que Hazte Oír confunde la “acción de Gobierno” de Maduro con una supuesta implicación personal en actividades ilícitas. Además, subraya que no se puede tildar a todo el Ejecutivo venezolano de “organización criminal” de forma genérica.
- Sin rastro de blanqueo: Sobre el supuesto incremento patrimonial de Zapatero, el juez es tajante: no existe una base fáctica ni un solo “dato real” que acredite que el expresidente haya percibido fondos de procedencia ilícita.
Coincidencia con la Fiscalía Antidroga
El criterio del juez Piña se alinea totalmente con el de la Fiscalía Especial Antidrogas, que ya el pasado 15 de enero solicitó la inadmisión de la querella. El Ministerio Público calificó el escrito de “conjetura infundada”, señalando que la existencia de una acusación formal en Estados Unidos contra Maduro no implica, bajo ningún concepto, la participación de Zapatero en sus actividades.
Advertencia contra las “investigaciones prospectivas”
El auto incluye un reproche directo a Hazte Oír por intentar utilizar la justicia para realizar una investigación prospectiva (investigar a alguien a ver qué se encuentra, sin indicios previos). El juez recuerda que:
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UNIRME GRATIS AL CANAL- La notitia criminis debe tener una concreción mínima.
- No es permisible abrir diligencias para averiguar el patrimonio de alguien basándose en sospechas sin pruebas.
- La trascendencia pública de este tipo de querellas exige una responsabilidad mayor a la hora de aportar elementos probatorios.
Respecto a la situación internacional, el juez aclara que el Tribunal Penal Internacional analiza al Gobierno de Venezuela por vulneración de derechos fundamentales, pero no como una red de narcotráfico, y recuerda que la imputación de EE. UU. sobre Maduro no es una condena en firme.

















