Algunos jueces han comenzado a anular multas de la DGT por supuestamente atravesar líneas continuas en incorporaciones cuando las imágenes de las cámaras no acreditan de forma clara la infracción. El sistema utiliza dos cámaras sincronizadas para detectar estas maniobras.
La DGT impone diariamente miles de sanciones por diversas infracciones de tráfico, pero ciertos tribunales están anulando algunas de estas multas debido a la insuficiencia de pruebas.
Uno de los casos que ha generado controversia se refiere a los nuevos radares instalados para vigilar a los vehículos que se incorporan a una vía principal antes de que finalice una línea continua.
Estos aparatos cuentan con dos cámaras sincronizadas: una enfoca la vía de aceleración y la otra el carril principal. Cuando el sistema detecta que un vehículo se incorpora antes de que acabe la línea continua, la información se remite al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (CTDA) de la DGT para gestionar la sanción.
El inconveniente surge cuando las imágenes no evidencian de forma directa que el vehículo haya pisado o cruzado la marca vial. En ciertos casos, las cámaras captan el coche en dos posiciones distintas, pero no muestran el instante exacto de la supuesta infracción.
Algunos jueces entienden que esta reconstrucción de los hechos no es suficiente para superar la presunción de inocencia si no hay otra prueba que confirme con claridad la maniobra.
De acuerdo con Circuito.es, un juzgado de Madrid anuló una multa de 200 euros impuesta por la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid a un conductor sancionado tras una detección en el kilómetro 20,2 de la A-6, a la altura de Las Rozas, el 28 de enero de 2025.
El conductor presentó un recurso contra la sanción y el juzgado concluyó que las dos fotografías aportadas no demostraban suficientemente que el vehículo hubiera atravesado la línea continua.
Según ese medio, decenas de sanciones similares han sido recurridas con éxito por considerarse insuficientes las pruebas presentadas. La homologación de una cámara no garantiza que todas las imágenes emitidas prueben automáticamente una infracción.
Sin embargo, esta situación no implica que todas las multas por líneas continuas se anulen. Cuando las imágenes evidencian claramente que el vehículo pisa o cruza la marca vial, la sanción puede mantenerse.
Además, la normativa distingue entre una denuncia realizada por una cámara y una formulada por un agente de tráfico. En este último caso, las observaciones de los agentes tienen valor probatorio salvo que se demuestre lo contrario.
Actualmente, este tipo de cámaras están instaladas en varios puntos de la Comunidad de Madrid, como la A-1 en Alcobendas, la A-2 cerca del aeropuerto de Barajas, la A-42 después de Getafe y la A-6 próximo a Las Rozas.
La multa por pisar una línea continua puede alcanzar los 200 euros o más y, según la información disponible, no conlleva la pérdida de puntos del carné de conducir.
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