La Justicia ratifica la extinción de la prestación con efecto retroactivo debido a que la mujer superó el tiempo permitido de estancia fuera del país y rebasó el límite de ingresos familiares en 2021.
Barcelona | El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña ha confirmado la cancelación de la pensión no contributiva que recibía una mujer de 77 años y le exige la devolución de 32.857,20 euros percibidos de forma indebida. La decisión avala la resolución del Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat tras verificar que la beneficiaria estuvo fuera de España durante 680 días entre 2018 y 2021, superando ampliamente los límites establecidos por la normativa vigente.
Esta pensionista cobraba desde diciembre de 2013 aproximadamente 604 euros mensuales en concepto de prestación no contributiva, un apoyo dirigido a personas con recursos insuficientes, condicionado a la residencia legal y continua en España. Las verificaciones realizadas por la Administración demostraron que la mujer permaneció fuera del territorio nacional 135 días en 2018, 136 en 2019, 260 en 2020 y 149 en 2021, excediendo sistemáticamente el máximo permitido de 90 días por año natural para ausencias autorizadas sin perder la residencia legal con respecto a la prestación.
El argumento de la pandemia y las restricciones fronterizas
Durante el proceso, la pensionista justificó que su prolongada estancia de casi nueve meses en Marruecos en 2020 se debió al cierre de fronteras provocado por la pandemia del COVID-19. No obstante, el TSJ catalán rechazó esta razón de fuerza mayor, señalando que durante ese periodo existían vías habilitadas para el regreso de residentes en España. Además, los magistrados indicaron que la violación del límite legal no fue un caso aislado atribuido a la pandemia, sino un patrón continuado evidenciado en los dos años anteriores y reiterado en 2021.
Exceso de ingresos en la unidad familiar
Además del tiempo prolongado fuera del país, se detectó un segundo incumplimiento relacionado con la situación económica del hogar. En la resolución judicial se indica que en 2021 los ingresos totales de la unidad familiar alcanzaron los 73.291,08 euros, principalmente por la pensión por incapacidad de una hija que reside con ella, superando con creces el límite legal de 33.835,20 euros establecido para su caso.
El tribunal subraya la obligación legal de los beneficiarios de pensiones no contributivas de comunicar con prontitud cualquier cambio en su residencia, composición del hogar o nivel de ingresos. Con esta sentencia definitiva, la Administración iniciará el procedimiento para recuperar los casi 33.000 euros abonados irregularmente durante los cuatro años revisados.
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Barcelona | El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña ha confirmado la cancelación de la pensión no contributiva que recibía una mujer de 77 años y le exige la devolución de 32.857,20 euros percibidos de forma indebida. La decisión avala la resolución del Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat tras verificar que la beneficiaria estuvo fuera de España durante 680 días entre 2018 y 2021, superando ampliamente los límites establecidos por la normativa vigente.
Esta pensionista cobraba desde diciembre de 2013 aproximadamente 604 euros mensuales en concepto de prestación no contributiva, un apoyo dirigido a personas con recursos insuficientes, condicionado a la residencia legal y continua en España. Las verificaciones realizadas por la Administración demostraron que la mujer permaneció fuera del territorio nacional 135 días en 2018, 136 en 2019, 260 en 2020 y 149 en 2021, excediendo sistemáticamente el máximo permitido de 90 días por año natural para ausencias autorizadas sin perder la residencia legal con respecto a la prestación.
El argumento de la pandemia y las restricciones fronterizas
Durante el proceso, la pensionista justificó que su prolongada estancia de casi nueve meses en Marruecos en 2020 se debió al cierre de fronteras provocado por la pandemia del COVID-19. No obstante, el TSJ catalán rechazó esta razón de fuerza mayor, señalando que durante ese periodo existían vías habilitadas para el regreso de residentes en España. Además, los magistrados indicaron que la violación del límite legal no fue un caso aislado atribuido a la pandemia, sino un patrón continuado evidenciado en los dos años anteriores y reiterado en 2021.
Exceso de ingresos en la unidad familiar
Además del tiempo prolongado fuera del país, se detectó un segundo incumplimiento relacionado con la situación económica del hogar. En la resolución judicial se indica que en 2021 los ingresos totales de la unidad familiar alcanzaron los 73.291,08 euros, principalmente por la pensión por incapacidad de una hija que reside con ella, superando con creces el límite legal de 33.835,20 euros establecido para su caso.
El tribunal subraya la obligación legal de los beneficiarios de pensiones no contributivas de comunicar con prontitud cualquier cambio en su residencia, composición del hogar o nivel de ingresos. Con esta sentencia definitiva, la Administración iniciará el procedimiento para recuperar los casi 33.000 euros abonados irregularmente durante los cuatro años revisados.
La Justicia ratifica la extinción de la prestación con efecto retroactivo debido a que la mujer superó el tiempo permitido de estancia fuera del país y rebasó el límite de ingresos familiares en 2021.
Barcelona | El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña ha confirmado la cancelación de la pensión no contributiva que recibía una mujer de 77 años y le exige la devolución de 32.857,20 euros percibidos de forma indebida. La decisión avala la resolución del Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat tras verificar que la beneficiaria estuvo fuera de España durante 680 días entre 2018 y 2021, superando ampliamente los límites establecidos por la normativa vigente.
Esta pensionista cobraba desde diciembre de 2013 aproximadamente 604 euros mensuales en concepto de prestación no contributiva, un apoyo dirigido a personas con recursos insuficientes, condicionado a la residencia legal y continua en España. Las verificaciones realizadas por la Administración demostraron que la mujer permaneció fuera del territorio nacional 135 días en 2018, 136 en 2019, 260 en 2020 y 149 en 2021, excediendo sistemáticamente el máximo permitido de 90 días por año natural para ausencias autorizadas sin perder la residencia legal con respecto a la prestación.
El argumento de la pandemia y las restricciones fronterizas
Durante el proceso, la pensionista justificó que su prolongada estancia de casi nueve meses en Marruecos en 2020 se debió al cierre de fronteras provocado por la pandemia del COVID-19. No obstante, el TSJ catalán rechazó esta razón de fuerza mayor, señalando que durante ese periodo existían vías habilitadas para el regreso de residentes en España. Además, los magistrados indicaron que la violación del límite legal no fue un caso aislado atribuido a la pandemia, sino un patrón continuado evidenciado en los dos años anteriores y reiterado en 2021.
Exceso de ingresos en la unidad familiar
Además del tiempo prolongado fuera del país, se detectó un segundo incumplimiento relacionado con la situación económica del hogar. En la resolución judicial se indica que en 2021 los ingresos totales de la unidad familiar alcanzaron los 73.291,08 euros, principalmente por la pensión por incapacidad de una hija que reside con ella, superando con creces el límite legal de 33.835,20 euros establecido para su caso.
El tribunal subraya la obligación legal de los beneficiarios de pensiones no contributivas de comunicar con prontitud cualquier cambio en su residencia, composición del hogar o nivel de ingresos. Con esta sentencia definitiva, la Administración iniciará el procedimiento para recuperar los casi 33.000 euros abonados irregularmente durante los cuatro años revisados.
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Esta pensionista cobraba desde diciembre de 2013 aproximadamente 604 euros mensuales en concepto de prestación no contributiva, un apoyo dirigido a personas con recursos insuficientes, condicionado a la residencia legal y continua en España. Las verificaciones realizadas por la Administración demostraron que la mujer permaneció fuera del territorio nacional 135 días en 2018, 136 en 2019, 260 en 2020 y 149 en 2021, excediendo sistemáticamente el máximo permitido de 90 días por año natural para ausencias autorizadas sin perder la residencia legal con respecto a la prestación.
El argumento de la pandemia y las restricciones fronterizas
Durante el proceso, la pensionista justificó que su prolongada estancia de casi nueve meses en Marruecos en 2020 se debió al cierre de fronteras provocado por la pandemia del COVID-19. No obstante, el TSJ catalán rechazó esta razón de fuerza mayor, señalando que durante ese periodo existían vías habilitadas para el regreso de residentes en España. Además, los magistrados indicaron que la violación del límite legal no fue un caso aislado atribuido a la pandemia, sino un patrón continuado evidenciado en los dos años anteriores y reiterado en 2021.
Exceso de ingresos en la unidad familiar
Además del tiempo prolongado fuera del país, se detectó un segundo incumplimiento relacionado con la situación económica del hogar. En la resolución judicial se indica que en 2021 los ingresos totales de la unidad familiar alcanzaron los 73.291,08 euros, principalmente por la pensión por incapacidad de una hija que reside con ella, superando con creces el límite legal de 33.835,20 euros establecido para su caso.
El tribunal subraya la obligación legal de los beneficiarios de pensiones no contributivas de comunicar con prontitud cualquier cambio en su residencia, composición del hogar o nivel de ingresos. Con esta sentencia definitiva, la Administración iniciará el procedimiento para recuperar los casi 33.000 euros abonados irregularmente durante los cuatro años revisados.

















