La propuesta del Ministerio de Economía para aumentar el Salario Mínimo Interprofesional hasta los 1.286 euros brutos mensuales incrementará el tope económico requerido para acceder y mantener las ayudas asistenciales del Servicio Público de Empleo Estatal.
A partir de 2027, el esquema de ayudas asistenciales en España sufrirá una modificación notable. La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) hasta 1.286 euros brutos al mes, planteada por el Ministerio de Economía, representa un aumento del 5,3% respecto a los valores anteriores. Esta medida impactará directamente en los salarios de quienes perciben el sueldo mínimo, además de afectar a otros grupos vulnerables, en particular a los beneficiarios de subsidios por desempleo gestionados por el SEPE.
El requisito de carencia de rentas y su relación con el SMI
La influencia del nuevo SMI sobre las ayudas por desempleo se explica por el requisito de carencia de rentas. La normativa actual establece que quienes solicitan o reciben estas prestaciones asistenciales no deben percibir ingresos que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Es obligatorio demostrar el cumplimiento de este límite tanto al solicitar la ayuda inicialmente como durante todo el periodo de percepción.
Dicha obligación está expresamente recogida en el artículo 275 de la Ley General de la Seguridad Social. El texto señala:
«Se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas propias en la fecha de la solicitud del alta inicial o de las prórrogas o reanudaciones del subsidio cuando las rentas de cualquier naturaleza de la persona solicitante o beneficiaria durante el mes natural anterior a dichas fechas no superen el 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias».
Al calcular este límite, la normativa indica que se incluyen rendimientos del trabajo, capital mobiliario e inmobiliario, actividades económicas y prestaciones contributivas o no contributivas, ya sean públicas o privadas. Igualmente, se contemplan las pensiones alimenticias y compensatorias, así como incrementos patrimoniales derivados de actos inter vivos o mortis causa, plusvalías, ganancias patrimoniales y otros rendimientos atribuidos al patrimonio del solicitante.
Aumento del tope de ingresos: de 915,75 a 964,50 euros brutos mensuales
Actualmente, tomando como base el SMI de 1.221 euros brutos mensuales, el límite del 75% es de 915,75 euros brutos al mes, según datos oficiales del SEPE. Con la aprobación de la propuesta del Ministerio de Economía, este tope aumentará hasta 964,50 euros brutos mensuales desde 2027.
Esta actualización representa un incremento cercano a 50 euros brutos mensuales en comparación con los límites vigentes en 2026. La subida del tope podrá beneficiar a desempleados cuyo ingreso estuviera cerca del límite anterior. Además, algunas normas permiten solicitar determinado subsidio meses después de finalizar la relación laboral si durante ese periodo se cumple el criterio de carencia de ingresos, aunque inicialmente no se cumpliera.
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