El empleado tenía 13 años en la empresa y afirmó que tenía mucha hambre, pero el Tribunal Superior de Justicia de Baleares determinó que consumió un producto sin haberlo comprado y quebrantó la buena fe contractual
Un empleado de una cadena de supermercados en Mallorca ha visto avalada su expulsión disciplinaria tras ser descubierto ingiriendo un producto del establecimiento sin haber efectuado el pago correspondiente. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ratificó la medida tomada por la empresa al entender que la acción rompió la confianza esencial en la relación laboral.
El trabajador, que contaba con 13 años de antigüedad en la firma, fue despedido el 1 de julio de 2024 tras un incidente ocurrido días antes en el supermercado donde desempeñaba el cargo de gerente.
Descubierto comiendo una bandeja de pollo sin comprobante
De acuerdo con la sentencia, los hechos se produjeron el 28 de junio de 2024, cerca de las 21:20 horas. Una coordinadora del local se dirigió a la zona de limpieza tras identificar una incidencia y, al no hallar al empleado en su posición, sus compañeros le informaron que estaba limpiando la máquina de zumos.
Entonces la coordinadora encontró al trabajador consumiendo una bandeja de pollo con patatas valorada en 4,50 euros, producto disponible para la venta en el supermercado.
La coordinadora le manifestó su desaprobación preguntando: “¿Qué haces? ¿Estás comiendo? Sabes que no está permitido”.
El empleado admitió conocer la prohibición y respondió que “ya lo sabía, pero tenía mucha hambre”. Además, al solicitar el comprobante de compra, no pudo mostrar ningún ticket.
El tribunal desestima que el valor bajo del producto justifique sanción reducida
El trabajador apeló el despido ante el Juzgado de lo Social número 5 de Palma, argumentando que se debería considerar el bajo precio del producto, su antigüedad en la empresa y la falta de antecedentes disciplinarios.
Su defensa solicitó aplicar la llamada “teoría gradualista”, que estudia las circunstancias particulares de cada caso antes de decidir sobre un despido.
Sin embargo, el TSJ de Baleares rechazó este razonamiento al señalar que este caso se diferenciaba de otros en los que la empresa había permitido ciertas prácticas de autoconsumo. La sentencia indica que el trabajador había recibido formación sobre las normas internas y sabía que no debía consumir productos sin pagarlos.
El despido se mantiene por pérdida de confianza
La Sala entiende que la conducta del empleado implica una “violación de la buena fe contractual”, afectando la confianza que la empresa depositó en él, especialmente considerando su puesto de gerente.
Aunque el importe del producto era pequeño, el tribunal concluye que lo esencial no era el valor económico, sino el incumplimiento de las políticas internas y la consiguiente pérdida de la confianza.
Con esta decisión, el TSJ de Baleares determina que el despido disciplinario es válido y rechaza el recurso planteado por el trabajador.
Únete al canal de WhatsApp de Más que al día
Recibe las alertas de última hora directamente en tu móvil.
UNIRME GRATIS AL CANALEl empleado tenía 13 años en la empresa y afirmó que tenía mucha hambre, pero el Tribunal Superior de Justicia de Baleares determinó que consumió un producto sin haberlo comprado y quebrantó la buena fe contractual
Un empleado de una cadena de supermercados en Mallorca ha visto avalada su expulsión disciplinaria tras ser descubierto ingiriendo un producto del establecimiento sin haber efectuado el pago correspondiente. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ratificó la medida tomada por la empresa al entender que la acción rompió la confianza esencial en la relación laboral.
El trabajador, que contaba con 13 años de antigüedad en la firma, fue despedido el 1 de julio de 2024 tras un incidente ocurrido días antes en el supermercado donde desempeñaba el cargo de gerente.
Descubierto comiendo una bandeja de pollo sin comprobante
De acuerdo con la sentencia, los hechos se produjeron el 28 de junio de 2024, cerca de las 21:20 horas. Una coordinadora del local se dirigió a la zona de limpieza tras identificar una incidencia y, al no hallar al empleado en su posición, sus compañeros le informaron que estaba limpiando la máquina de zumos.
Entonces la coordinadora encontró al trabajador consumiendo una bandeja de pollo con patatas valorada en 4,50 euros, producto disponible para la venta en el supermercado.
La coordinadora le manifestó su desaprobación preguntando: “¿Qué haces? ¿Estás comiendo? Sabes que no está permitido”.
El empleado admitió conocer la prohibición y respondió que “ya lo sabía, pero tenía mucha hambre”. Además, al solicitar el comprobante de compra, no pudo mostrar ningún ticket.
El tribunal desestima que el valor bajo del producto justifique sanción reducida
El trabajador apeló el despido ante el Juzgado de lo Social número 5 de Palma, argumentando que se debería considerar el bajo precio del producto, su antigüedad en la empresa y la falta de antecedentes disciplinarios.
Su defensa solicitó aplicar la llamada “teoría gradualista”, que estudia las circunstancias particulares de cada caso antes de decidir sobre un despido.
Sin embargo, el TSJ de Baleares rechazó este razonamiento al señalar que este caso se diferenciaba de otros en los que la empresa había permitido ciertas prácticas de autoconsumo. La sentencia indica que el trabajador había recibido formación sobre las normas internas y sabía que no debía consumir productos sin pagarlos.
El despido se mantiene por pérdida de confianza
La Sala entiende que la conducta del empleado implica una “violación de la buena fe contractual”, afectando la confianza que la empresa depositó en él, especialmente considerando su puesto de gerente.
Aunque el importe del producto era pequeño, el tribunal concluye que lo esencial no era el valor económico, sino el incumplimiento de las políticas internas y la consiguiente pérdida de la confianza.
Con esta decisión, el TSJ de Baleares determina que el despido disciplinario es válido y rechaza el recurso planteado por el trabajador.
El empleado tenía 13 años en la empresa y afirmó que tenía mucha hambre, pero el Tribunal Superior de Justicia de Baleares determinó que consumió un producto sin haberlo comprado y quebrantó la buena fe contractual
Un empleado de una cadena de supermercados en Mallorca ha visto avalada su expulsión disciplinaria tras ser descubierto ingiriendo un producto del establecimiento sin haber efectuado el pago correspondiente. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ratificó la medida tomada por la empresa al entender que la acción rompió la confianza esencial en la relación laboral.
El trabajador, que contaba con 13 años de antigüedad en la firma, fue despedido el 1 de julio de 2024 tras un incidente ocurrido días antes en el supermercado donde desempeñaba el cargo de gerente.
Descubierto comiendo una bandeja de pollo sin comprobante
De acuerdo con la sentencia, los hechos se produjeron el 28 de junio de 2024, cerca de las 21:20 horas. Una coordinadora del local se dirigió a la zona de limpieza tras identificar una incidencia y, al no hallar al empleado en su posición, sus compañeros le informaron que estaba limpiando la máquina de zumos.
Entonces la coordinadora encontró al trabajador consumiendo una bandeja de pollo con patatas valorada en 4,50 euros, producto disponible para la venta en el supermercado.
La coordinadora le manifestó su desaprobación preguntando: “¿Qué haces? ¿Estás comiendo? Sabes que no está permitido”.
El empleado admitió conocer la prohibición y respondió que “ya lo sabía, pero tenía mucha hambre”. Además, al solicitar el comprobante de compra, no pudo mostrar ningún ticket.
El tribunal desestima que el valor bajo del producto justifique sanción reducida
El trabajador apeló el despido ante el Juzgado de lo Social número 5 de Palma, argumentando que se debería considerar el bajo precio del producto, su antigüedad en la empresa y la falta de antecedentes disciplinarios.
Su defensa solicitó aplicar la llamada “teoría gradualista”, que estudia las circunstancias particulares de cada caso antes de decidir sobre un despido.
Sin embargo, el TSJ de Baleares rechazó este razonamiento al señalar que este caso se diferenciaba de otros en los que la empresa había permitido ciertas prácticas de autoconsumo. La sentencia indica que el trabajador había recibido formación sobre las normas internas y sabía que no debía consumir productos sin pagarlos.
El despido se mantiene por pérdida de confianza
La Sala entiende que la conducta del empleado implica una “violación de la buena fe contractual”, afectando la confianza que la empresa depositó en él, especialmente considerando su puesto de gerente.
Aunque el importe del producto era pequeño, el tribunal concluye que lo esencial no era el valor económico, sino el incumplimiento de las políticas internas y la consiguiente pérdida de la confianza.
Con esta decisión, el TSJ de Baleares determina que el despido disciplinario es válido y rechaza el recurso planteado por el trabajador.
Únete al canal de WhatsApp de Más que al día
Recibe las alertas de última hora directamente en tu móvil.
UNIRME GRATIS AL CANALEl empleado tenía 13 años en la empresa y afirmó que tenía mucha hambre, pero el Tribunal Superior de Justicia de Baleares determinó que consumió un producto sin haberlo comprado y quebrantó la buena fe contractual
Un empleado de una cadena de supermercados en Mallorca ha visto avalada su expulsión disciplinaria tras ser descubierto ingiriendo un producto del establecimiento sin haber efectuado el pago correspondiente. El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ratificó la medida tomada por la empresa al entender que la acción rompió la confianza esencial en la relación laboral.
El trabajador, que contaba con 13 años de antigüedad en la firma, fue despedido el 1 de julio de 2024 tras un incidente ocurrido días antes en el supermercado donde desempeñaba el cargo de gerente.
Descubierto comiendo una bandeja de pollo sin comprobante
De acuerdo con la sentencia, los hechos se produjeron el 28 de junio de 2024, cerca de las 21:20 horas. Una coordinadora del local se dirigió a la zona de limpieza tras identificar una incidencia y, al no hallar al empleado en su posición, sus compañeros le informaron que estaba limpiando la máquina de zumos.
Entonces la coordinadora encontró al trabajador consumiendo una bandeja de pollo con patatas valorada en 4,50 euros, producto disponible para la venta en el supermercado.
La coordinadora le manifestó su desaprobación preguntando: “¿Qué haces? ¿Estás comiendo? Sabes que no está permitido”.
El empleado admitió conocer la prohibición y respondió que “ya lo sabía, pero tenía mucha hambre”. Además, al solicitar el comprobante de compra, no pudo mostrar ningún ticket.
El tribunal desestima que el valor bajo del producto justifique sanción reducida
El trabajador apeló el despido ante el Juzgado de lo Social número 5 de Palma, argumentando que se debería considerar el bajo precio del producto, su antigüedad en la empresa y la falta de antecedentes disciplinarios.
Su defensa solicitó aplicar la llamada “teoría gradualista”, que estudia las circunstancias particulares de cada caso antes de decidir sobre un despido.
Sin embargo, el TSJ de Baleares rechazó este razonamiento al señalar que este caso se diferenciaba de otros en los que la empresa había permitido ciertas prácticas de autoconsumo. La sentencia indica que el trabajador había recibido formación sobre las normas internas y sabía que no debía consumir productos sin pagarlos.
El despido se mantiene por pérdida de confianza
La Sala entiende que la conducta del empleado implica una “violación de la buena fe contractual”, afectando la confianza que la empresa depositó en él, especialmente considerando su puesto de gerente.
Aunque el importe del producto era pequeño, el tribunal concluye que lo esencial no era el valor económico, sino el incumplimiento de las políticas internas y la consiguiente pérdida de la confianza.
Con esta decisión, el TSJ de Baleares determina que el despido disciplinario es válido y rechaza el recurso planteado por el trabajador.

















