La aerolínea de bajo coste Ryanair ha actualizado su política de asignación de asientos, permitiendo que los padres y sus hijos puedan viajar en asientos adyacentes sin pagar ningún cargo extra. Esta decisión se produce después de que la Autoridad de Competencia y Mercados del Reino Unido (CMA) investigara este recargo al considerarlo una cláusula abusiva, y tras la multa histórica cercana a los 108 millones de euros que impuso el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en España.
Viajar en avión puede ser una fuente de estrés, especialmente al intentar organizar el viaje con familiares o amigos. Para aliviar esta situación en el entorno familiar, Ryanair ha anunciado un cambio significativo: a partir de ahora, los adultos que acompañen a sus hijos pueden obtener asientos contiguos sin coste adicional, sin que se les aplique ningún cargo extra sobre el billete.
Hasta ahora, la aerolínea irlandesa —reconocida por sus tarifas económicas a pesar de los incrementos recientes— cobraba un suplemento de cerca de 8 libras (unos 9,3 euros) para reservar el llamado «asiento familiar obligatorio», requisito para que los adultos se sentaran junto a niños entre dos y 11 años. Con la nueva modalidad gratuita, los viajeros solo tendrán que solicitar la ubicación contigua directamente en el mostrador de facturación del aeropuerto.
Sin embargo, la aerolínea aclaró que esta gratuidad no permite a los usuarios escoger libremente la zona de la cabina. Los asientos contiguos asignados sin costo serán aquellos que no hayan sido previamente reservados por otros pasajeros que pagan por esa selección. Por ello, Ryanair indica que, en general, las familias serán ubicadas en la parte trasera del avión, ya que «las filas delanteras suelen completarse primero». Los pasajeros que quieran elegir una fila determinada deben pagar una tarifa que varía entre aproximadamente 4,5 y 13,5 euros, una condición igual a la aplicada para todos los usuarios que opten por asientos específicos junto a sus acompañantes.
Ryanair
Contexto regulatorio y sanciones impuestas en España
Este cambio en la política tarifaria de la compañía se produce tras las investigaciones realizadas por la Autoridad de Competencia y Mercados del Reino Unido (CMA por sus siglas en inglés), las cuales concluyeron que el cobro obligatorio por asientos contiguos para menores podía ser considerado una cláusula abusiva conforme a la normativa de protección al consumidor.
Esta situación no es la única cuestión controvertida en la reciente trayectoria de la aerolínea en el mercado nacional. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 del Gobierno español impuso a Ryanair una multa cercana a los 108 millones de euros, en una resolución conjunta que también afectó a otras compañías como Vueling y Easyjet, por la comisión de infracciones calificadas como «muy graves» según el artículo 47 del texto refundido de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobada mediante el Real Decreto ley 1/2007, de 16 de noviembre.
El procedimiento sancionador del Ejecutivo español basó dicha multa en varias prácticas irregulares de la aerolínea, entre ellas el cobro de un suplemento por transportar el equipaje de mano en cabina, la negativa a aceptar pagos en efectivo en ciertos aeropuertos españoles, la aplicación de una tasa «desproporcionada y abusiva» para la impresión de la tarjeta de embarque, la omisión engañosa de información sobre tarifas, y específicamente el cobro por asientos contiguos para padres e hijos.
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