La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha impuesto una sanción a RTVE por la promoción de vino fuera de la franja horaria permitida y por emitir publicidad no identificada en dos reposiciones de ‘MasterChef’ y ‘MasterChef Celebrity’. La multa inicialmente propuesta fue de 512.168 euros, que se redujo a 307.300,80 euros tras el reconocimiento de responsabilidad y el pago adelantado.
RTVE ha pagado una sanción de 307.300,80 euros debido a dos infracciones graves continuadas vinculadas a varias promociones emitidas dentro del programa ‘MasterChef’.
La decisión fue tomada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que revisó dos reposiciones transmitidas por La 1 en las mañanas del 5 de mayo y el 10 de noviembre de 2024.
De acuerdo con la resolución, durante los programas se difundieron comunicaciones comerciales de vinos asociados a ‘MasterChef’ fuera del horario permitido. También se presentaron promociones de otros productos y servicios relacionados con el formato sin una identificación clara de su naturaleza publicitaria.
Emisiones de ‘MasterChef’ analizadas por la CNMC
Las actuaciones se refieren a una emisión de ‘MasterChef’ y otra de ‘MasterChef Celebrity’, ambas transmitidas en diferido en horario matinal por La 1.
Los programas fueron emitidos aproximadamente entre las 10:42 y las 13:55 horas. Durante el desarrollo, aparecieron botellas y copas de vino, se realizaron brindis y se hicieron menciones a la página web de la vinoteca vinculada a ‘MasterChef’.
La CNMC concluyó que estas apariciones tenían un propósito comercial, no eran simples elementos decorativos, por lo que debían cumplir con las limitaciones vigentes para la publicidad de bebidas alcohólicas.
Razones por las cuales la publicidad del vino incumplió la normativa
La Ley General de Comunicación Audiovisual establece que las comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas con una graduación igual o inferior a 20 grados solo pueden emitirse, salvo excepciones, entre las 20:30 y las 5:00 horas.
Además, la legislación requiere que este tipo de publicidad incluya un mensaje relativo al consumo moderado y de bajo riesgo.
Las promociones objeto del análisis fueron difundidas en horario matutino y carecían del mensaje obligatorio. Por ello, la CNMC confirmó que se vulneraron los límites referentes a publicidad de bebidas alcohólicas.
Promoción sin identificar de restaurantes, libros y videojuegos
La segunda infracción no se restringió al vino. En los programas también se divulgaron diversos productos y servicios comercialmente relacionados con la marca ‘MasterChef’.
Entre estos se encontraban:
- El restaurante oficial de ‘MasterChef’.
- La aplicación oficial del programa.
- Campamentos relacionados.
- Libros de cocina.
- El videojuego basado en el formato.
Estas referencias aparecieron dentro del propio plató y fueron realizadas por los presentadores o mediante su voz, sin que se mantuviera visible de forma continua en pantalla la palabra “publicidad”.
La Ley General de Comunicación Audiovisual obliga a mostrar de manera permanente y legible una sobreimpresión cuando la forma de presentar una promoción pueda generar confusión con el contenido del programa.
Aviso de emplazamiento de producto insuficiente
La CNMC puntualizó también que identificar un espacio como programa con emplazamiento de producto no exime de la obligación de señalar explícitamente que se está emitiendo una comunicación comercial.
El emplazamiento indica que en un programa pueden mostrarse marcas o productos; en cambio, la palabra “publicidad” informa al espectador de que se está transmitiendo un mensaje con finalidad promocional específica.
Competencia consideró que la incorporación de estas promocionales en el desarrollo normal de ‘MasterChef’ podía inducir a confusión respecto a su naturaleza real.
Multa inicial superior a medio millón de euros
La sanción inicialmente propuesta fue de 512.168 euros por dos infracciones graves continuadas:
- Por comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas.
- Por no identificar adecuadamente las promociones publicitarias.
RTVE aceptó voluntariamente la responsabilidad y efectuó el pago anticipado. Gracias a las reducciones previstas, el importe se rebajó en un 40 % hasta un total de 307.300,80 euros, cifra que ya ha sido abonada.
La legislación audiovisual clasifica como graves tanto la infracción de los límites para ciertas comunicaciones comerciales como otras faltas en la identificación publicitaria.
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UNIRME GRATIS AL CANALImplicaciones de la sanción para RTVE
El reconocimiento de los hechos y el pago voluntario permitieron cerrar el procedimiento sancionador con una reducción en la cuantía de la multa.
La decisión vuelve a enfatizar la necesidad de distinguir con claridad el contenido editorial de las promociones comerciales, incluso cuando los productos anunciados están estrechamente relacionados con un programa de televisión.
También recuerda que las restricciones horarias deben cumplirse en las reposiciones. Que un programa haya sido concebido para emitirse en horario nocturno no habilita a emitir durante la mañana promociones de alcohol que infringirían la normativa vigente.
Nota importante: Se recomienda verificar los datos sobre la sanción, importes e infracciones en la resolución y comunicados oficiales de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, así como en la Ley General de Comunicación Audiovisual publicada en el Boletín Oficial del Estado.

















