La Campaña de la Renta 2025 dio inicio el 8 de abril, y una de las preguntas más difundidas en foros y buscadores es: ¿cuánto tiempo tarda Hacienda en transferir la devolución? Aunque cada caso tiene características propias, la Agencia Tributaria aplica unos plazos legales y procedimientos establecidos.
Plazos legales y fechas relevantes
Según lo establecido, la Agencia Tributaria cuenta con un margen amplio. El pago debe realizarse en un plazo máximo de seis meses desde el cierre de la campaña o desde la fecha de presentación si esta se efectuó fuera de plazo.
- Cierre de la campaña: 30 de junio de 2026.
- Fecha límite de abono: 31 de diciembre de 2026.
Importante: Si la devolución no se realiza antes del 31 de diciembre y no existen errores imputables al contribuyente, Hacienda deberá añadir intereses de demora (que para 2026 están fijados en un 4,0625%) sobre el importe pendiente.
Situación real: devoluciones en plazos reducidos
Aunque el margen legal es de seis meses, en la práctica la administración suele actuar de forma más rápida. Si el borrador es sencillo y no requiere verificaciones extras, los plazos aproximados son:
- Presentación por internet: Entre 1 y 3 semanas. La Agencia Tributaria comienza a procesar y emitir pagos apenas 48 a 72 horas después del inicio de la campaña.
- Declaraciones con cita (teléfono o presencial): Estos trámites suelen demorarse un poco más, ya que se realizan mayormente en mayo o junio, cuando la carga de trabajo es mayor.
Fechas clave para la Renta 2025
| Evento | Fecha |
| Inicio presentación online | 8 de abril de 2026 |
| Inicio atención telefónica | 6 de mayo de 2026 |
| Inicio atención presencial | 1 de junio de 2026 |
| Último día para domiciliación (a pagar) | 25 de junio de 2026 |
| Fin de la campaña | 30 de junio de 2026 |
Razones por las que podría demorarse la devolución
Si transcurren más de tres semanas sin novedades, podría deberse a diversos motivos que activan revisiones automáticas o manuales en Hacienda:
- Deducciones autonómicas: Verificar que se cumplen los requisitos específicos de renta o edad establecidos por la Comunidad Autónoma puede prolongar el proceso.
- Modificaciones en el estado civil o nacimientos: Cambios en la composición familiar suelen requerir comprobaciones manuales.
- Rendimientos derivados de alquileres o ventas inmobiliarias: Cuando estas rentas no aparecen reflejadas automáticamente en el borrador, Hacienda debe contrastar los datos con terceros.
- Errores en el IBAN: Un dato incorrecto en la cuenta bancaria bloquea la transferencia hasta que se corrija.
Recomendación: Es posible consultar el estado del expediente en tiempo real a través del sitio web de la AEAT en la sección «Mis expedientes» o mediante la App de la Agencia Tributaria. Si el estado indica «Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria», el pago debería efectuarse en un plazo máximo de 4 días hábiles.
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