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Mercadona, condenada a pagar 55.000 euros por el despido improcedente de una empleada que tomó una cerveza en su descanso

03/02/2025
en Actualidad, Sociedad
Tiempo de lectura: 3 minutos leidos

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado improcedente el despido de una trabajadora de Mercadona que fue cesada tras consumir una cerveza durante su descanso laboral. La empresa, que argumentó que el consumo de alcohol en horario laboral ponía en riesgo la seguridad en el puesto de trabajo, deberá indemnizar a la empleada con 55.000 euros.

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La trabajadora, con 23 años de antigüedad en la compañía, compró un sándwich y una lata de cerveza de 50 centilitros para consumir en su tiempo de descanso. Según consta en el proceso judicial, un coordinador del centro la siguió y observó cómo tomaba su aperitivo en su coche. Al regresar al establecimiento, fue convocada a una reunión en la que firmó un documento reconociendo haber bebido alcohol durante su jornada laboral. Poco después, la empresa le comunicó su despido inmediato.

Mercadona justificó su decisión alegando que la trabajadora desempeñaba funciones en la sección ‘Listo para comer’, donde manipulaba utensilios potencialmente peligrosos como cuchillos y freidoras. La compañía argumentó que el consumo de alcohol dentro del horario laboral suponía una falta muy grave según su normativa interna.

La sentencia

El despido fue impugnado por la empleada, que en un primer momento trató de alcanzar una conciliación administrativa sin éxito. Finalmente, el caso llegó a los tribunales, que dictaminaron que la decisión de Mercadona no estaba justificada. El tribunal argumentó que la empresa no pudo demostrar que la trabajadora estuviera en estado de embriaguez ni que su desempeño laboral se viera afectado.

Según el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, el despido disciplinario puede estar motivado por «la embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo». Sin embargo, la justicia consideró que en este caso no se cumplieron dichos criterios, declarando el despido improcedente y obligando a la cadena de supermercados a indemnizar a la afectada con 55.000 euros.

Normativa interna de Mercadona

El Convenio Colectivo de Mercadona clasifica las faltas disciplinarias en leves, graves y muy graves. En este último apartado se contempla la posibilidad de despido por acudir al trabajo bajo los efectos del alcohol o consumir bebidas alcohólicas en el puesto de trabajo, siempre que ello represente un riesgo para la seguridad del empleado o de terceros.

No obstante, el tribunal recalcó que la trabajadora consumió la cerveza en su coche, durante su tiempo de descanso, sin que Mercadona aportara pruebas concluyentes de que su conducta afectara su desempeño o pusiera en peligro la seguridad en el establecimiento.

Repercusiones

El fallo judicial ha generado un debate sobre los límites del control empresarial sobre los trabajadores en su tiempo de descanso. Mientras Mercadona defiende su política de tolerancia cero con el alcohol en horario laboral, los tribunales han considerado que el despido fue desproporcionado.

Con esta resolución, la empresa de distribución se ve obligada a indemnizar a la trabajadora, quien podrá optar entre reincorporarse a su puesto o recibir la compensación económica establecida por la justicia.

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