El tribunal considera que no existe un «riesgo real y efectivo de fuga» y revoca la prohibición de salir de España junto con la obligación de firmar cada quince días.
MADRID.– La Audiencia Provincial de Madrid ha aceptado los recursos presentados por la defensa de Begoña Gómez, dejando sin efecto las medidas cautelares impuestas por el juez instructor Juan Carlos Peinado, y ordenando la entrega inmediata de su pasaporte. Así, la esposa del presidente del Gobierno recupera su libertad de movimientos y se eliminan las comparecencias periódicas en el juzgado.
La decisión judicial desmonta el argumento relativo a un presunto riesgo de fuga señalado semanas atrás por el juez del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid.
Fundamentos de la resolución
- Ausencia de riesgo de fuga: Los magistrados de la Audiencia destacan que Gómez ha asistido a todas las citaciones judiciales, demostrando una actitud de colaboración constante sin señales que indiquen un intento de evadir la justicia.
- Arraigo probado: El auto resalta el fuerte arraigo personal, familiar y profesional de la investigada en España, lo cual invalida la imposición de medidas restrictivas de derechos fundamentales como la retirada del pasaporte.
- Proporcionalidad de las medidas: La Sala determina que las medidas cautelares previamente impuestas eran desproporcionadas en el estado actual del proceso, permitiendo únicamente que se mantenga la obligación de estar localizada y comunicar cualquier cambio de domicilio.
Antecedentes del conflicto judicial
La resolución de la Audiencia de Madrid pone fin al proceso cautelar iniciado en junio, cuando el juez Peinado ordenó la retirada del pasaporte. Esta medida ocasionó conflictos jurídicos posteriores, como la negativa inicial a permitir la presencia de Gómez en la cumbre de la OTAN en Turquía —aunque se le autorizó viajar a Reino Unido por motivos familiares— y las solicitudes para que acreditara documentalmente su estancia en el extranjero.
Con esta resolución, el tribunal de apelación corrige la postura del instructor respecto a las limitaciones de libertad impuestas a la investigada, mientras la causa principal sigue en trámite.
Este vídeo resulta de interés para ampliar la información, ya que analiza el momento en que se entregó el pasaporte en los juzgados y los argumentos presentados por la defensa de Begoña Gómez para solicitar su devolución: Begoña Gómez entrega el pasaporte pero pide su devolución.
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Fundamentos de la resolución
- Ausencia de riesgo de fuga: Los magistrados de la Audiencia destacan que Gómez ha asistido a todas las citaciones judiciales, demostrando una actitud de colaboración constante sin señales que indiquen un intento de evadir la justicia.
- Arraigo probado: El auto resalta el fuerte arraigo personal, familiar y profesional de la investigada en España, lo cual invalida la imposición de medidas restrictivas de derechos fundamentales como la retirada del pasaporte.
- Proporcionalidad de las medidas: La Sala determina que las medidas cautelares previamente impuestas eran desproporcionadas en el estado actual del proceso, permitiendo únicamente que se mantenga la obligación de estar localizada y comunicar cualquier cambio de domicilio.
Antecedentes del conflicto judicial
La resolución de la Audiencia de Madrid pone fin al proceso cautelar iniciado en junio, cuando el juez Peinado ordenó la retirada del pasaporte. Esta medida ocasionó conflictos jurídicos posteriores, como la negativa inicial a permitir la presencia de Gómez en la cumbre de la OTAN en Turquía —aunque se le autorizó viajar a Reino Unido por motivos familiares— y las solicitudes para que acreditara documentalmente su estancia en el extranjero.
Con esta resolución, el tribunal de apelación corrige la postura del instructor respecto a las limitaciones de libertad impuestas a la investigada, mientras la causa principal sigue en trámite.
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Fundamentos de la resolución
- Ausencia de riesgo de fuga: Los magistrados de la Audiencia destacan que Gómez ha asistido a todas las citaciones judiciales, demostrando una actitud de colaboración constante sin señales que indiquen un intento de evadir la justicia.
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- Proporcionalidad de las medidas: La Sala determina que las medidas cautelares previamente impuestas eran desproporcionadas en el estado actual del proceso, permitiendo únicamente que se mantenga la obligación de estar localizada y comunicar cualquier cambio de domicilio.
Antecedentes del conflicto judicial
La resolución de la Audiencia de Madrid pone fin al proceso cautelar iniciado en junio, cuando el juez Peinado ordenó la retirada del pasaporte. Esta medida ocasionó conflictos jurídicos posteriores, como la negativa inicial a permitir la presencia de Gómez en la cumbre de la OTAN en Turquía —aunque se le autorizó viajar a Reino Unido por motivos familiares— y las solicitudes para que acreditara documentalmente su estancia en el extranjero.
Con esta resolución, el tribunal de apelación corrige la postura del instructor respecto a las limitaciones de libertad impuestas a la investigada, mientras la causa principal sigue en trámite.
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Fundamentos de la resolución
- Ausencia de riesgo de fuga: Los magistrados de la Audiencia destacan que Gómez ha asistido a todas las citaciones judiciales, demostrando una actitud de colaboración constante sin señales que indiquen un intento de evadir la justicia.
- Arraigo probado: El auto resalta el fuerte arraigo personal, familiar y profesional de la investigada en España, lo cual invalida la imposición de medidas restrictivas de derechos fundamentales como la retirada del pasaporte.
- Proporcionalidad de las medidas: La Sala determina que las medidas cautelares previamente impuestas eran desproporcionadas en el estado actual del proceso, permitiendo únicamente que se mantenga la obligación de estar localizada y comunicar cualquier cambio de domicilio.
Antecedentes del conflicto judicial
La resolución de la Audiencia de Madrid pone fin al proceso cautelar iniciado en junio, cuando el juez Peinado ordenó la retirada del pasaporte. Esta medida ocasionó conflictos jurídicos posteriores, como la negativa inicial a permitir la presencia de Gómez en la cumbre de la OTAN en Turquía —aunque se le autorizó viajar a Reino Unido por motivos familiares— y las solicitudes para que acreditara documentalmente su estancia en el extranjero.
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La decisión judicial desmonta el argumento relativo a un presunto riesgo de fuga señalado semanas atrás por el juez del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid.
Fundamentos de la resolución
- Ausencia de riesgo de fuga: Los magistrados de la Audiencia destacan que Gómez ha asistido a todas las citaciones judiciales, demostrando una actitud de colaboración constante sin señales que indiquen un intento de evadir la justicia.
- Arraigo probado: El auto resalta el fuerte arraigo personal, familiar y profesional de la investigada en España, lo cual invalida la imposición de medidas restrictivas de derechos fundamentales como la retirada del pasaporte.
- Proporcionalidad de las medidas: La Sala determina que las medidas cautelares previamente impuestas eran desproporcionadas en el estado actual del proceso, permitiendo únicamente que se mantenga la obligación de estar localizada y comunicar cualquier cambio de domicilio.
Antecedentes del conflicto judicial
La resolución de la Audiencia de Madrid pone fin al proceso cautelar iniciado en junio, cuando el juez Peinado ordenó la retirada del pasaporte. Esta medida ocasionó conflictos jurídicos posteriores, como la negativa inicial a permitir la presencia de Gómez en la cumbre de la OTAN en Turquía —aunque se le autorizó viajar a Reino Unido por motivos familiares— y las solicitudes para que acreditara documentalmente su estancia en el extranjero.
Con esta resolución, el tribunal de apelación corrige la postura del instructor respecto a las limitaciones de libertad impuestas a la investigada, mientras la causa principal sigue en trámite.
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Fundamentos de la resolución
- Ausencia de riesgo de fuga: Los magistrados de la Audiencia destacan que Gómez ha asistido a todas las citaciones judiciales, demostrando una actitud de colaboración constante sin señales que indiquen un intento de evadir la justicia.
- Arraigo probado: El auto resalta el fuerte arraigo personal, familiar y profesional de la investigada en España, lo cual invalida la imposición de medidas restrictivas de derechos fundamentales como la retirada del pasaporte.
- Proporcionalidad de las medidas: La Sala determina que las medidas cautelares previamente impuestas eran desproporcionadas en el estado actual del proceso, permitiendo únicamente que se mantenga la obligación de estar localizada y comunicar cualquier cambio de domicilio.
Antecedentes del conflicto judicial
La resolución de la Audiencia de Madrid pone fin al proceso cautelar iniciado en junio, cuando el juez Peinado ordenó la retirada del pasaporte. Esta medida ocasionó conflictos jurídicos posteriores, como la negativa inicial a permitir la presencia de Gómez en la cumbre de la OTAN en Turquía —aunque se le autorizó viajar a Reino Unido por motivos familiares— y las solicitudes para que acreditara documentalmente su estancia en el extranjero.
Con esta resolución, el tribunal de apelación corrige la postura del instructor respecto a las limitaciones de libertad impuestas a la investigada, mientras la causa principal sigue en trámite.
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MADRID.– La Audiencia Provincial de Madrid ha aceptado los recursos presentados por la defensa de Begoña Gómez, dejando sin efecto las medidas cautelares impuestas por el juez instructor Juan Carlos Peinado, y ordenando la entrega inmediata de su pasaporte. Así, la esposa del presidente del Gobierno recupera su libertad de movimientos y se eliminan las comparecencias periódicas en el juzgado.
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Fundamentos de la resolución
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- Arraigo probado: El auto resalta el fuerte arraigo personal, familiar y profesional de la investigada en España, lo cual invalida la imposición de medidas restrictivas de derechos fundamentales como la retirada del pasaporte.
- Proporcionalidad de las medidas: La Sala determina que las medidas cautelares previamente impuestas eran desproporcionadas en el estado actual del proceso, permitiendo únicamente que se mantenga la obligación de estar localizada y comunicar cualquier cambio de domicilio.
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La resolución de la Audiencia de Madrid pone fin al proceso cautelar iniciado en junio, cuando el juez Peinado ordenó la retirada del pasaporte. Esta medida ocasionó conflictos jurídicos posteriores, como la negativa inicial a permitir la presencia de Gómez en la cumbre de la OTAN en Turquía —aunque se le autorizó viajar a Reino Unido por motivos familiares— y las solicitudes para que acreditara documentalmente su estancia en el extranjero.
Con esta resolución, el tribunal de apelación corrige la postura del instructor respecto a las limitaciones de libertad impuestas a la investigada, mientras la causa principal sigue en trámite.
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La decisión judicial desmonta el argumento relativo a un presunto riesgo de fuga señalado semanas atrás por el juez del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid.
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- Ausencia de riesgo de fuga: Los magistrados de la Audiencia destacan que Gómez ha asistido a todas las citaciones judiciales, demostrando una actitud de colaboración constante sin señales que indiquen un intento de evadir la justicia.
- Arraigo probado: El auto resalta el fuerte arraigo personal, familiar y profesional de la investigada en España, lo cual invalida la imposición de medidas restrictivas de derechos fundamentales como la retirada del pasaporte.
- Proporcionalidad de las medidas: La Sala determina que las medidas cautelares previamente impuestas eran desproporcionadas en el estado actual del proceso, permitiendo únicamente que se mantenga la obligación de estar localizada y comunicar cualquier cambio de domicilio.
Antecedentes del conflicto judicial
La resolución de la Audiencia de Madrid pone fin al proceso cautelar iniciado en junio, cuando el juez Peinado ordenó la retirada del pasaporte. Esta medida ocasionó conflictos jurídicos posteriores, como la negativa inicial a permitir la presencia de Gómez en la cumbre de la OTAN en Turquía —aunque se le autorizó viajar a Reino Unido por motivos familiares— y las solicitudes para que acreditara documentalmente su estancia en el extranjero.
Con esta resolución, el tribunal de apelación corrige la postura del instructor respecto a las limitaciones de libertad impuestas a la investigada, mientras la causa principal sigue en trámite.
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