El 1 de octubre de 2026 representa una modificación importante en las reglas de tráfico de España con la implementación de un nuevo Reglamento de Circulación. Esta actualización, que ocurre después de más de veinte años, impone un límite más estricto respecto al alcohol en sangre para quienes conducen.
La norma vigente fija en 0,2 gramos por litro la tasa máxima permitida de alcohol en sangre, que equivale a 0,1 miligramos por litro en aire exhalado. Este límite significa que con solo una bebida podría superarse la cantidad autorizada, aunque esto depende del peso, sexo, volumen consumido y el tiempo transcurrido tras la ingesta.
De acuerdo con cálculos de la Dirección General de Tráfico (DGT), un hombre cuyo peso oscile entre 70 y 90 kg puede registrar una concentración entre 0,21 y 0,28 g/l tras beber un tercio de cerveza de 330 ml a 5 grados. Consumir dos tercios elevaría la tasa a una horquilla de 0,43 a 0,55 g/l. En el caso de una mujer que pese entre 50 y 70 kg, un tercio de cerveza le podría generar una concentración de 0,34 a 0,48 g/l.
En cuanto a otras bebidas, un vaso de vino o cava de 100 ml y 12 grados implicaría en hombres una tasa entre 0,16 y 0,20 g/l, y en mujeres entre 0,25 y 0,35 g/l. Dos vasos aumentarían estos valores a rangos de 0,31-0,40 y 0,50-0,69 g/l, respectivamente. Un vaso de vermú de 70 ml con 17 grados se sitúa entre 0,15 y 0,20 g/l para hombres y entre 0,25 y 0,34 g/l para mujeres.
La DGT señala que no se puede garantizar que exista una cantidad segura de alcohol para conducir, ya que cada persona metaboliza el alcohol de manera diferente. Por esta razón, se recomienda evitar conducir después de haber consumido alcohol, incluso si la cantidad ingerida es pequeña o se encuentra dentro del límite permitido.
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