MADRID — La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ratificó este lunes su determinación de anular las órdenes de detención que afectaban al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y a los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig.
El juez instructor del procés, Pablo Llarena, negó el recurso presentado por Vox contra esta resolución y aplicó a los exlíderes independentistas la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional en relación con la amnistía del delito de malversación, basada en el amparo concedido a la exconsellera Dolors Bassa.
Claves de la resolución judicial
- Aplicación de la doctrina del Constitucional: Aunque el juez instructor ha expresado su desacuerdo con el criterio del tribunal de garantías —manteniendo su postura de que la malversación no debería incluirse en la ley de amnistía—, debió cumplir y aplicar la jurisprudencia constitucional.
- Fin a nueve años de conflicto judicial: Con esta decisión, el Tribunal Supremo pone fin de manera definitiva a un litigio judicial e internacional que se extendió por nueve años, desde que Puigdemont se trasladó a Bélgica a finales de octubre de 2017 debido a las querellas de la Fiscalía.
- Cierre de la vía de extradición: Desde la entrada en vigor de la ley de amnistía en verano de 2024, Llarena trató de mantener activas las órdenes de arresto para que fueran juzgados en España. Sin embargo, la directriz del Constitucional sobre casos de malversación le obligó a cerrar definitivamente esta posibilidad procesal.
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