El decreto para regularizar la situación de más de medio millón de extranjeros exige no tener antecedentes penales, pero contempla flexibilidad frente a detenciones o investigaciones sin sentencia definitiva
El Gobierno de España ha establecido las pautas para la regularización extraordinaria de inmigrantes, una iniciativa que facilitará a más de 500.000 personas en situación irregular la obtención de un permiso de residencia y trabajo por un año. Según el decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el requisito fundamental para acceder a este trámite es no contar con antecedentes penales, aunque se incorporan consideraciones relevantes respecto al historial policial de los solicitantes.
La normativa, que entra en vigor este jueves, exige a los interesados acreditar su presencia en territorio español antes del 1 de enero de 2026 y una permanencia mínima de cinco meses. Sin embargo, el control de seguridad es el aspecto central del proceso. La Administración solicitará un certificado de antecedentes penales que cubra tanto España como los países en los que el solicitante haya residido durante los últimos cinco años, considerando únicamente delitos contemplados en la legislación española.
Diferenciación entre antecedentes penales y policiales
Un punto clave de la reforma es la coexistencia de dos documentos distintos: el certificado de antecedentes penales y el informe policial. Mientras que el primero es de carácter vinculante y su existencia implica la denegación de la solicitud, el informe policial, que recoge detenciones o investigaciones sin sentencia firme, será tratado de manera más flexible.
El texto legal aclara que «la existencia de antecedentes en el informe policial no constituirá, por sí misma y automáticamente, motivo para denegar la autorización». Los órganos encargados evaluarán de manera casuística y detallada si el solicitante representa un riesgo real para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública, evitando que arrestos sin condena definitiva obstaculicen el procedimiento arbitrariamente.
Procedimiento diplomático en casos complejos
El Gobierno reconoce los posibles obstáculos que pueden enfrentar algunos extranjeros para obtener los certificados de sus países de origen. Para minimizar retrasos burocráticos, se ha establecido que quien no consiga el documento en un mes podrá presentar una declaración responsable. En tal situación, el Ministerio de Justicia gestionará la obtención vía diplomática. Si tras tres meses no hay respuesta de las autoridades extranjeras, el proceso se considerará desistido.
Además de este control de seguridad, hay otros requisitos relacionados con el arraigo. Los solicitantes deberán demostrar contratos laborales, contar con cargas familiares (menores o personas con discapacidad) o encontrarse en una situación de vulnerabilidad acreditada por entidades sociales. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha enfatizado que esta iniciativa busca integrar documentalmente a quienes ya contribuyen a la sociedad, subrayando que «no está destinada a delincuentes».
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