La reciente regulación facilita el acceso al sistema sanitario mediante una declaración responsable y documentos que acrediten la residencia habitual. El Ministerio de Sanidad establece un protocolo de atención inmediata para grupos vulnerables.
Este jueves, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha divulgado el real decreto que regula el derecho a la protección de la salud y el acceso a la atención sanitaria para personas extranjeras en situación administrativa irregular. La medida, aprobada el pasado martes durante el Consejo de Ministros, pretende unificar el acceso al sistema público financiado por fondos estatales.
Requisitos y acreditación de identidad
Para poder acogerse a este derecho, las personas interesadas deben presentar una declaración responsable que confirme que no cuentan con cobertura sanitaria por otras vías. También deberán acreditar su residencia habitual en España, a través del empadronamiento o, si no es posible, con documentos alternativos como certificados escolares, facturas de servicios o informes de servicios sociales.
En cuanto a la identificación, se exige presentar el pasaporte o un documento de identidad del país de origen. En caso de no disponer de estos, la administración aceptará cualquier documento oficial que incluya al menos una fotografía. Para los menores, se aceptan opciones como el certificado de nacimiento o el libro de familia.
Asistencia inmediata y colectivos vulnerables
Tras la presentación de la solicitud, el Ministerio de Sanidad emitirá un documento provisional que garantiza la asistencia sanitaria desde el primer momento, con un plazo de tres meses para resolver el expediente de forma definitiva. No obstante, la norma garantiza la atención inmediata para grupos en situación de especial vulnerabilidad, independientemente de su situación administrativa. Entre estos se incluyen:
- Menores de edad y mujeres embarazadas.
- Víctimas de violencia de género, violencia sexual, explotación o trata.
- Solicitantes de protección internacional o personas apátridas.
Cobertura para españoles residentes en el extranjero
El decreto igualmente introduce novedades para españoles residentes fuera de España. Estos ciudadanos y sus familiares gozarán del derecho a la sanidad pública durante sus estancias temporales en el país, siempre que no dispongan de cobertura previa mediante convenios internacionales o la legislación de seguridad social de sus países de residencia.
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