La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la decisión del juez de instrucción Juan Carlos Peinado de tramitar mediante jurado popular la causa contra Begoña Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés, según un auto emitido este lunes. El tribunal considera que, tras un año y medio de investigación, no se han obtenido indicios claros y consistentes que justifiquen avanzar a una fase tan grave del procedimiento.
La sentencia ordena retroceder en el proceso a la etapa anterior a la transformación del procedimiento en juicio con jurado. Los magistrados critican al juez instructor, afirmando que no es admisible avanzar hacia un juicio de jurado basándose únicamente en la apariencia de la denuncia inicial. Además, destacan que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de los investigados al no especificar las conductas concretas imputadas ni fundamentar adecuadamente la base probatoria que sustenta la acusación.
El auto señala que, aunque la investigación pueda sustentarse en una base objetiva suficiente para su estudio, el juez no ha explicado por qué los hechos encajan como delitos de tráfico de influencias, malversación, intrusismo o corrupción en los negocios con la solidez necesaria para modificar la fase procesal. Subraya que en este tipo de delitos complejos no basta con una descripción objetiva de los hechos, sino que se requiere una verificación mínima de su consistencia antes de modificar el formato del juicio.
Esta resolución se añade a las correcciones anteriores de la Audiencia sobre la gestión del juez Peinado. Hace meses, el tribunal le impidió investigar las conductas por separado, obligando a unificar todas las líneas en un único procedimiento principal. Ahora, los magistrados recalcan que si no era adecuado dividir la causa sin concreción fáctica, menos justificable es someterla a juicio con jurado sin indicios racionales plenamente justificados.
A pesar de este obstáculo procesal, la Audiencia mantiene válidas las diligencias de investigación dictadas por Peinado. La instrucción continuará bajo el procedimiento abreviado ordinario, lo que implica que, si finalmente se celebra juicio, será ante magistrados profesionales y no ciudadanos particulares. El caso entra así en una fase de reajuste en la que la acusación deberá precisar las pruebas antes de intentar modificar nuevamente la vía procesal.
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