El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha disminuido en 15 meses la condena impuesta a Youssef J. por el asesinato de su esposa, Zhour B., sucedido en agosto de 2023 en el barrio de Pescadería. La pena definitiva quedó establecida en 21 años y tres meses de prisión, después de que se aceptara parcialmente el recurso de la defensa y se retirara la agravante de ensañamiento. Aunque los jueces reconocen la «brutalidad» del ataque, consideran que las heridas tenían como fin causar la muerte directa y no prolongar el sufrimiento de la víctima.
Fundamentos jurídicos del tribunal
La sentencia de apelación modifica la resolución inicial al concluir que las cuatro puñaladas en el cuello de la mujer se dieron de forma «instantánea» y no «separada en el tiempo». El tribunal destaca que, a pesar de la gravedad del episodio —la víctima fue degollada mientras daba el biberón a su bebé de cuatro meses—, no se ha demostrado intención de tortura fría y deliberada.
Según el fallo, un ataque en el cuello «causa un dolor similar a la víctima que otras heridas, aunque genera mayor impacto para quienes presencian los hechos». Los magistrados determinan que la violencia manifiesta refleja el «impulso pasional» del agresor para acabar con la vida inmediatamente, pero no cumple las condiciones legales para considerar ensañamiento, el cual requiere la voluntad de extender la agonía.
Un delito caracterizado por el control machista
El crimen tuvo lugar el 7 de agosto de 2023. El agresor, de 33 años, atacó por la espalda a su esposa de 27 con un cuchillo de 23 centímetros mientras ella alimentaba a su hijo más pequeño. En la vivienda estaban también sus otros dos hijos, de 8 y 9 años, quienes huyeron para solicitar ayuda a un vecino.
El juicio previo confirmó el carácter machista del agresor, que sometía a su esposa a un control absoluto, impidiéndole incluso abrir ventanas o hablar con desconocidos por temor infundado a una infidelidad. El tribunal del jurado enfatizó el «menosprecio hacia su condición de mujer» como motivo del asesinato.
Sin atenuantes psicológicos ni por confesión
Durante la vista oral, el acusado afirmó no recordar los hechos e insinuó padecer un trastorno mental, señalando que «una persona sin enfermedad no haría eso». Sin embargo, los informes periciales descartaron cualquier patología psicológica.
Además, se desestimaron atenuantes por confesión o colaboración, dado que el hombre fue encontrado en la escena del crimen con el bebé en brazos y restos hemáticos, por lo que su admisión posterior no aportó valor a la investigación. Junto con la pena privativa de libertad, el condenado deberá indemnizar con 200.000 euros a cada uno de sus tres hijos y una cantidad igual a los padres de la víctima.
