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Home Política

El Tribunal Supremo rechaza la querella de Ayuso contra Belarra

Redacción by Redacción
25/11/2025
in Política
Reading Time: 2 mins read
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El Tribunal Supremo ha decidido no admitir a trámite la querella presentada por Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, contra Ione Belarra, secretaria general de Podemos. La querella surgió debido a unas declaraciones de Belarra en las que calificó de «homicida» la gestión de la pandemia realizada por el Gobierno regional.

La decisión del tribunal quedó reflejada en un auto divulgado el martes pasado, al que tuvo acceso RTVE. En este documento, el alto tribunal explica que la querella fue inadmitida por el letrado que representa a Ayuso.

La sala penal del Supremo desechó la querella por un presunto delito de calumnias relacionadas con comentarios realizados por Belarra en marzo de 2025. En ese mes, la diputada de Podemos afirmó que Ayuso debería enfrentar cárcel por la llamada «gestión homicida» durante la pandemia, donde muchas muertes fueron evitables.

El escrito de acusación subrayaba que Belarra atribuía a Ayuso la responsabilidad en la muerte de varios ciudadanos, lo cual generó gran repercusión mediática y fue considerado como calumnias.

No obstante, el Tribunal Supremo entiende que las expresiones de Belarra están amparadas por el derecho a la libertad de expresión. Este derecho contempla no solo opiniones comunes sino también críticas contundentes, sobre todo en el marco del debate político en una sociedad democrática, lo que excluye que los hechos denunciados constituyan delito.

El tribunal destacó la importancia de la libertad de expresión, señalando que tales manifestaciones son críticas políticas fundamentadas en el interés y las creencias de la oradora, en este caso, Ione Belarra.

Además, fuera del ámbito de la libertad de expresión, Belarra goza de inmunidad respecto a las opiniones vertidas en el ejercicio de su cargo parlamentario, una prerrogativa reconocida en diversas legislaciones para garantizar el funcionamiento eficaz de los órganos legislativos.

Esta resolución establece un precedente sobre los límites de la crítica política en circunstancias de crisis, reafirmando la relevancia del debate político en la democracia y la protección de la libertad de expresión como base fundamental del sistema institucional.

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