José Luis Ábalos, exministro de Transportes, pidió al Tribunal Supremo (TS) que se le restituyera el «pleno control» de una cuenta de correo electrónico que, según afirmó, había permanecido seis meses bloqueada por mandato judicial. No obstante, el juez encargado del «caso Koldo», Leopoldo Puente, ha indicado que la cuenta de Hotmail mencionada por la defensa del exdirigente socialista no figura como intervenida por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
El pasado 8 de diciembre, Ábalos, a través de sus representantes legales, solicitó el levantamiento inmediato del bloqueo de la cuenta, argumentando las dificultades que esta situación le estaba ocasionando en su vida diaria.
Leopoldo Puente explicó que la única cuenta intervenida durante el registro domiciliario realizado el 9 de junio en la residencia de Ábalos en Valencia corresponde a una dirección distinta a la que ahora se reclama. Además, recordó que la defensa ya había cometido un error en una petición anterior al referirse equivocadamente a otra cuenta, y que la solicitud referente a la cuenta intervenida fue denegada el 31 de octubre.
El magistrado enfatizó que no existe constancia de intervención alguna sobre la cuenta que el exministro pretende recuperar.
Detalles sobre la orden judicial
El juez también precisó el alcance de la resolución emitida en junio, aclarando que no se autorizó la interceptación en tiempo real de las comunicaciones del investigado. En cambio, se permitió:
«El acceso, la visualización y la conservación de las comunicaciones ya emitidas y transmitidas a través de la citada dirección de correo electrónico».
Esta medida tuvo como finalidad preservar la información y evitar la eliminación, alteración o manipulación, intencionada o accidental, de los datos almacenados, facilitando que la UCO realizase un análisis detallado posteriormente. Para ello, se autorizó un cambio temporal de la contraseña de la cuenta vinculada con los hechos en investigación.
Retrasos y justificación
En cuanto a la temporal inutilización de la cuenta efectivamente intervenida, el magistrado reconoció que esta situación conlleva ciertas molestias, aunque no las considera tan significativas como pretende la defensa.
El juez argumentó que la UCO debe examinar un gran volumen de material digital y telemático, lo que requiere tiempo considerable. Este proceso incluye un análisis exhaustivo y el cruce minucioso y constante de datos. Por ello, advirtió que la activación prematura de la cuenta podría ocasionar la manipulación de información potencialmente relevante, y por tanto, los inconvenientes producidos no resultan desproporcionados.











