La posible prisión preventiva del ex ministro y ex secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, ha llevado al Gobierno, al PSOE, a la oposición y a los servicios jurídicos del Congreso a evaluar una situación sin precedentes en la democracia española: el encarcelamiento provisional de un diputado en ejercicio.
Si bien la prisión preventiva no supone la pérdida del escaño, sí implica la suspensión inmediata de sus derechos políticos y económicos. En caso de que el magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente decida hoy enviar a Ábalos a Soto del Real, conservaría su acta, pero no podría participar en votaciones, en la actividad legislativa ni recibir remuneración alguna.
Un escaño sin voz que permanecería en manos de Ábalos
La pérdida del acta de diputado solo ocurre por motivos específicos: una resolución judicial firme, fallecimiento, incapacidad legal, fin de la legislatura o renuncia expresa. Ninguna de estas circunstancias se aplica aquí, de forma que Ábalos seguiría siendo diputado, aunque suspendido.
Dicha suspensión requiere tres condiciones, ya casi cumplidas:
- Aprobación del suplicatorio por parte de la Cámara (22 de enero).
- Auto firme de procesamiento (3 de noviembre), por presuntos delitos relacionados con cohecho, organización criminal, tráfico de influencias y malversación.
- Orden de prisión preventiva, que podría emitirse hoy.
Consecuencias políticas: Sánchez perdería un voto seguro
Desde que salió del Grupo Socialista y pasó al Grupo Mixto, Ábalos ha mantenido la disciplina de voto con el PSOE. Si su suspensión se confirma, dejaría de poder votar, lo que supondría la pérdida de un apoyo que el Gobierno creía garantizado.
En el ámbito parlamentario se baraja, aunque con pocas probabilidades, que Ábalos renuncie a su acta si ingresa en prisión. De ocurrir, el escaño volvería al PSOE y sería ocupado por la siguiente candidata en la lista por Valencia. Sin embargo, mientras conserve el acta, no puede ser reemplazado.
Las mayorías permanecen: el Congreso continúa con 350 escaños
Contrariamente a algunos rumores, la suspensión de un diputado no modifica el total de escaños. El escaño de Ábalos seguiría computándose, lo que implica que:
- La mayoría absoluta seguirá establecida en 176 votos.
- La mayoría cualificada de tres quintos permanecerá en 210 votos.
- La mayoría reforzada de dos tercios continuará siendo de 233 votos.
Por lo tanto, los umbrales numéricos para aprobar leyes no variarán.
Adscripción automática al Grupo Mixto
Un diputado suspendido se incorpora de forma automática al Grupo Mixto. En este caso, Ábalos ya formaba parte de dicho grupo. La suspensión no afecta a los tiempos de intervención, iniciativas ni subvenciones del grupo, que mantiene su ponderación.
Actualmente, el Grupo Mixto está compuesto por Ábalos, cuatro diputados de Podemos, un miembro del BNG, una diputada de Coalición Canaria, una de Més-Compromís y un portavoz de UPN.

















