La Seguridad Social ha incorporado un nuevo criterio en el complemento destinado a mitigar la brecha de género, un beneficio que anteriormente se consideraba casi exclusivo para mujeres. Ahora, también los hombres que demuestren haber sufrido un perjuicio en su trayectoria laboral debido al nacimiento o la adopción de hijos podrán acceder a este complemento. Para 2025, la cuantía máxima podrá alcanzar los 143,60 euros mensuales, dependiendo del número de hijos.
Una ayuda que evoluciona: de enfocarse solo en mujeres a incluir a quienes acrediten perjuicio
El complemento para reducir la brecha de género fue establecido en 2021 con el propósito de compensar el impacto que la maternidad genera en la carrera profesional femenina. Las interrupciones laborales, empleos con menor estabilidad y las limitadas oportunidades de ascenso suelen traducirse en pensiones más bajas, una diferencia que se mantiene durante años.
Los datos muestran que la pensión media de los hombres supera en aproximadamente 510 euros a la de las mujeres. Para reducir esta desigualdad se creó este complemento, pero inicialmente excluía a hombres que también redujeron su jornada laboral, dejaron sus empleos o sacrificaron oportunidades profesionales para cuidar a sus hijos.
Esta perspectiva cambió tras una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaró discriminatorias las condiciones impuestas a los hombres. Posteriormente, el Tribunal Supremo fue tajante al establecer:
Si existe un perjuicio en la carrera profesional tras el nacimiento o adopción de hijos, no importa si quien lo demuestra es mujer u hombre.
Desde entonces, el complemento se concede en igualdad de condiciones, permitiendo que miles de jubilados puedan recibir un ingreso extra mensual que antes ni siquiera podían solicitar.
Una ayuda creciente de importancia para los pensionistas con hijos
Dado que en España la pensión media femenina ronda los 1.100 euros, mientras que la de los hombres se sitúa cerca de los 1.600 euros, cualquier complemento adicional es significativo. Más aún cuando se trata de un derecho establecido por ley y no de una ayuda puntual.
Este complemento está dirigido a personas con pensiones contributivas que han sufrido un impacto en su carrera por responsabilidades parentales. La consideración ahora es sobre el perjuicio profesional demostrado, sin distinción de sexo.
Quiénes pueden solicitar el complemento: condiciones esenciales
La Seguridad Social ha establecido un criterio uniforme y estos son los requisitos generales para optar al complemento:
- Tener reconocida una pensión contributiva por:
- Jubilación.
- Incapacidad permanente.
- Viudedad.
- Que la pensión haya sido reconocida desde el 4 de febrero de 2021.
- Acepta tanto:
- Jubilaciones ordinarias.
- Jubilaciones anticipadas voluntarias.
- Los hijos deben constar inscritos en el Registro Civil.
- Solo uno de los progenitores puede recibir el complemento por los mismos hijos.
Asimismo, hay casos donde no se reconoce este derecho:
- Padres o madres privados de la patria potestad.
- Personas condenadas por violencia contra la mujer o contra los hijos.
La Seguridad Social aclara que el complemento se abonará en el régimen en el que el beneficiario tenga más años cotizados.
Cuantía a recibir: importes fijados para 2025
Las cantidades se actualizan anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. Para 2025, los valores establecidos son:
- 35,90 euros mensuales por cada hijo.
- Con un límite de hasta cuatro hijos.
Por tanto, la cuantía máxima mensual será de:
143,60 euros al mes por cuatro hijos reconocidos.
Este importe es fijo, mensual y compatible con la pensión contributiva, lo que puede implicar un alivio económico importante para muchas familias de pensionistas.
Procedimiento para solicitar el complemento
La solicitud puede realizarse simultáneamente al trámite de la pensión o después, si no se solicitó inicialmente y se cumplen los requisitos. Las opciones para solicitarlo son dos:
- Por medio de Tu Seguridad Social
- Para quienes dispongan de cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
- Se accede al portal, se gestiona la pensión (si no está tramitada) y se selecciona la opción relativa al complemento, registrando los datos de los hijos.
- Utilizando el formulario del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
- Recomendado para quienes no tienen medios de identificación electrónica.
- Se completa el formulario para solicitar la pensión, incluyendo la petición del complemento y la información pertinente sobre los hijos.
Número de beneficiarios actuales
Según los datos recientes del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social:
- Alrededor de 1,2 millones de pensiones ya incorporan este complemento.
- De ellas, más de 991.000 corresponden a mujeres, reflejando que la brecha de género persiste.
Sin embargo, tras la nueva interpretación del Tribunal Supremo, se anticipa que un número creciente de hombres que hubieran visto afectada su carrera por la crianza podrá empezar a beneficiarse del complemento.
Un complemento que busca corregir desigualdades en condiciones de igualdad
La Seguridad Social subraya que este complemento está vinculado al perjuicio en la carrera laboral derivado de la llegada o adopción de hijos. Aunque este impacto afecta principalmente a las mujeres, también incide en algunos padres, especialmente en familias con reparto equitativo de cuidados.
En resumen, este complemento:
- Se creó para remediar una desigualdad estructural.
- En sus inicios, excluía a ciertos afectados.
- Actualmente se aplica bajo un criterio claro de igualdad, conforme a la legislación europea y la doctrina de la jurisprudencia española.
Para muchos jubilados, significa más que 140 euros mensuales: es el reconocimiento a que la crianza implica costos laborales y económicos que finalmente el sistema empieza a compensar.













