La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha ratificado una sentencia contra el portal digital La Verdad de Ceuta tras determinar que difundió información incorrecta que afectó negativamente el derecho al honor de la ciudadana Karima Aoumar Dadi.
De acuerdo con la decisión judicial, en la sección “Rumores” se publicaron afirmaciones falsas sobre que Aoumar Dadi había sido condenada por tráfico de drogas y había cumplido condena en prisión, hechos que las instancias judiciales han probado que no son ciertos.
Esta resolución, que responde a un recurso presentado contra el fallo inicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Ceuta, da por válida en gran parte la demanda formulada por la mujer afectada. La sentencia reconoce una intromisión ilegítima en su derecho al honor y responsabiliza solidariamente al medio —gestionado por Fedemar Ceuta S.L.— y a su director, Luis María Fernández Delgado.
En el marco de la condena, se ordena:
- La retirada inmediata y definitiva de las publicaciones falsas.
- La publicación íntegra del encabezado y la parte dispositiva de la sentencia en la portada y en la sección “Rumores” del portal, durante un periodo equivalente al tiempo en que se mantuvieron las informaciones (desde el 31 de enero de 2019).
- Una indemnización de 13.000 euros para Karima Aoumar Dadi.
- El pago de las costas judiciales por parte de los demandados.
La jueza Sara Beatriz López Rodríguez, encargada del fallo original emitido en diciembre de 2024, destaca la importancia de que los medios informativos actúen con responsabilidad, especialmente cuando se tratan asuntos que pueden afectar seriamente la reputación y el honor de las personas.
Con esta decisión definitiva se busca restablecer la reputación de la demandante y reforzar la protección del derecho al honor ante informaciones infundadas.


















