El tribunal ha rechazado los recursos presentados por la Fiscalía y la acusación particular, que solicitaban una pena de hasta dos años de prisión para la actriz. Aunque califican la agresión como «intolerable», los magistrados mantienen la tipificación de resistencia y lesiones leves al considerar que las heridas causadas fueron poco graves.
La Audiencia de Sevilla ha emitido la sentencia definitiva en el caso que involucraba a la actriz María León por un incidente con la Policía Local en la madrugada del 1 de octubre de 2022. El tribunal ha desestimado los recursos de la Fiscalía y de la acusación particular —representada por los agentes implicados— confirmando la condena inicial que impone a la intérprete una multa total de 5.700 euros.
Con esta decisión, los magistrados descartan la solicitud de aumentar la pena a dos años de prisión. A pesar de calificar la conducta de León como «intolerable», los jueces consideran que, aunque la actriz propinó un puñetazo y una patada a una agente, estos hechos constituyen un delito de resistencia y no de atentado, dado que su propósito era «evitar su detención» y las lesiones causadas fueron de escasa gravedad.
Delito de resistencia frente a la acusación de atentado
El debate jurídico principal se centró en la correcta calificación de los hechos. Tanto los agentes como el Ministerio Público defendían que la agresión correspondía a un delito de atentado. Sin embargo, la Audiencia respaldó la valoración del Juzgado de lo Penal 12 de Sevilla, señalando que, pese a la agresión física, la contextura de la acusada y la leve naturaleza de las lesiones no justifican la elevación del tipo penal.
La sanción económica se compone de dos multas:
- 4.800 euros por un delito de resistencia.
- 900 euros por un delito leve de lesiones.
Estas cuantías consideran la circunstancia atenuante de reparación del daño. Cabe mencionar que María León aceptó tácitamente la sentencia inicial al no presentar recurso dentro del plazo estipulado.
Absolución de otros cargos y procesados
La resolución original, notificada a finales de marzo tras el juicio del 14 de marzo, absolvió a María León del delito de desobediencia. Del mismo modo, el procedimiento judicial concluyó con la libre absolución de las otras dos personas juzgadas junto a la actriz, quienes afrontaban cargos de atentado, resistencia y desobediencia.
El incidente ocurrió durante una intervención policial en el centro de Sevilla hace dos años, que terminó con la detención de la actriz tras un forcejeo y agresión contra una agente. Con esta sentencia definitiva de la Audiencia de Sevilla se agota la vía judicial para incrementar la responsabilidad penal de María León, manteniendo la sanción económica en lugar de la prisión.
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