Un hombre de 45 años logró evitar su ingreso inmediato en prisión tras alcanzar un acuerdo de conformidad ante la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta. El acusado admitió haber sostenido encuentros íntimos y haber solicitado material explícito a un menor, asumiendo una condena total de un año y ocho meses de cárcel.
Detalles de la sentencia y medidas impuestas
De acuerdo con la información proporcionada por El Faro de Ceuta, la condena se divide en seis meses y tres días de prisión por cada uno de los tres delitos contra la indemnidad sexual cometidos. Sin antecedentes penales, la ejecución de la pena privativa de libertad queda suspendida por dos años, siempre que el condenado no reincida y complete un curso obligatorio de educación sexual.
El fallo judicial impone además varias medidas restrictivas y sancionadoras:
- Libertad vigilada: durante un año.
- Inhabilitación profesional: prohibición por cuatro años para desempeñar cualquier trabajo que implique contacto con menores.
- Orden de alejamiento: prohibición categórica de comunicarse o acercarse a la víctima.
- Patria potestad: suspensión de la patria potestad sobre sus hijos menores durante cuatro años.
Los hechos: contacto vía Instagram y pagos mediante Bizum
Los acontecimientos se remontan a finales de 2022 y comienzos de 2023. El condenado estableció contacto con la víctima, nacida en 2008, a través de la red social Instagram. Aunque el menor aparentaba ser mayor en las fotografías, el acusado sabía que no había alcanzado la mayoría de edad.
Tras un encuentro presencial en la zona del Recinto, que tuvo lugar a cambio de dinero, el hombre continuó solicitando imágenes desnudas del menor. Los pagos por estas fotografías y encuentros se efectuaron mediante pequeñas transferencias a través de Bizum dirigidas a cuentas vinculadas al entorno familiar del joven.
Atenuante por reparación del daño
Un elemento clave para la reducción de la pena y la conformidad alcanzada fue el pago previo por parte del acusado de 18.000 euros en concepto de responsabilidad civil por daños morales. Esta compensación permitió aplicar la atenuante por reparación del daño, facilitando así el acuerdo entre las partes y evitando la celebración del juicio oral originalmente previsto para abril.
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