La resolución del Tribunal Supremo sobre las hipotecas referenciadas al IRPH requiere evaluar cada caso de forma individual, dificultando las reclamaciones para quienes esperaban un fallo generalizado favorable.
El Tribunal Supremo ha cambiado su postura respecto al índice hipotecario IRPH. En lugar de declarar automáticamente nulas todas las cláusulas relacionadas con este índice, el Alto Tribunal ha señalado que debe valorarse la posible abusividad en cada caso concreto, trasladando así la responsabilidad de esta evaluación a los juzgados.
Con esta decisión, el Supremo descarta una solución homogénea y adopta un enfoque más cauteloso: no basta con que el IRPH sea más elevado que otros índices, sino que es necesario comprobar si las entidades financieras informaron de forma clara y transparente a cada cliente en el momento de la contratación hipotecaria. El tribunal ha establecido unas pautas orientativas para que los juzgados puedan efectuar ese análisis de transparencia.
Este criterio representa un revés significativo para numerosas asociaciones de consumidores, que consideraban que el IRPH era una cláusula inherentemente perjudicial. Según datos estimativos, alrededor de un millón de hogares en España tienen una hipoteca referenciada a este índice. Para estos hipotecados, el proceso de reclamación se complica, pues requerirá aportar pruebas concretas sobre la falta de información adecuada por parte de las entidades bancarias.
Organizaciones como ASUFIN han manifestado su desacuerdo con la resolución, acusando al Supremo de distanciarse del criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de favorecer a la banca. Además, sostienen que la carga probatoria que impone esta decisión hará inviable que muchos clientes consigan la revisión o anulación de sus préstamos.
Por su parte, el Supremo defiende su postura argumentando que cada préstamo y litigio presenta circunstancias propias que deben ser consideradas: “la nulidad procede según las circunstancias específicas de cada caso”, indicaron los magistrados.
En conclusión, aunque no se cierra completamente la vía judicial para los hipotecados con IRPH, la sentencia limita considerablemente las opciones de una resolución colectiva inmediata. Cada afectado deberá presentar su caso ante los tribunales y demostrar que su contrato hipotecario no cumplió con los estándares de transparencia exigidos por la normativa vigente.











