El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha ordenado el procesamiento de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, junto a Juan Carlos Barrabés y Cristina Álvarez, excluyendo el delito de intrusismo profesional.
El magistrado Juan Carlos Peinado, responsable del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, ha emitido un auto que determina el procesamiento de Begoña Gómez por los delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca. Después de dos años de investigación, el juez considera que existen indicios suficientes para continuar hacia el juicio oral, aunque ha decidido no incluir el delito de intrusismo profesional, que formaba parte de la investigación hasta ahora.
La decisión, tomada tras la vista del 1 de abril, representa un avance importante en el caso. El juez Peinado ha otorgado un plazo de cinco días a las partes implicadas para que manifiesten sus argumentos respecto a la apertura del juicio. Esta medida afecta no solo a Gómez, sino también a Juan Carlos Barrabés y Cristina Álvarez, asesora de Gómez en el Palacio de la Moncloa, quienes han sido procesados igualmente en este procedimiento.
Dos años de investigación y ampliación de demandas
El proceso judicial comenzó en abril de 2024 a partir de una denuncia del sindicato Manos Limpias. Durante la instrucción, se añadieron querellas adicionales presentadas por Hazte Oír y el partido político Vox. Las pesquisas se han desarrollado en dos líneas principales relacionadas con la actividad de la procesada.
Por una parte, se ha examinado la actividad profesional de Begoña Gómez en sus vínculos con empresarios y con la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Por otra, se ha investigado si hubo un uso indebido de fondos públicos mediante la contratación de Cristina Álvarez, quien, en su rol de asesora en Presidencia, habría participado tanto en funciones institucionales como en actividades privadas vinculadas a la esposa del presidente Pedro Sánchez.
Cargos imputados y exclusión del delito de intrusismo profesional
El juez mantiene las acusaciones por malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca, pero considera que no hay pruebas suficientes para sostener la imputación por intrusismo profesional. Con esta resolución, el magistrado da un paso decisivo hacia la conclusión de una investigación que ha generado gran interés público y jurídico, centrado en la gestión de recursos públicos y en la naturaleza de las relaciones profesionales de la esposa del jefe del Ejecutivo.
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