El Juzgado de Violencia contra la Infancia de Las Palmas de Gran Canaria ha ordenado este lunes 9 de marzo el ingreso en prisión preventiva, comunicada y sin fianza para la mujer de 29 años acusada de matar a su hija de 20 meses. La resolución se tomó tras levantarse el secreto de sumario y después de que la detenida reconociera haber sentido un «impulso» que la llevó a sumergir a la menor en un charco cercano a la costa.
Confesión marcada por desconexión emocional
En su declaración judicial, la mujer, de nacionalidad venezolana y con situación irregular en España, explicó cómo se dirigió al paseo marítimo en el barrio de San Cristóbal el pasado miércoles. Según el auto judicial:
- El acto: Admitió que tomó a la niña por la cara y la colocó boca arriba en un charco donde el agua le cubría por debajo de las rodillas.
- El relato de los hechos: Indicó que permaneció allí «un rato», observando cómo la pequeña abría y cerraba los ojos, sin precisar la duración exacta.
- La detención: Vecinos alertaron a la policía tras verla vagar descalza, con mirada perdida y con la bebé mojada en brazos. Más tarde, los agentes encontraron las zapatillas de la madre en la zona rocosa señalada.
Contradicciones y evaluación psicológica de la acusada
Pese a que la defensa y el excompañero de la mujer sugirieron posibles episodios psicóticos —el padre comentó que ella mencionaba «escuchar voces»—, los primeros informes forenses no respaldan esta hipótesis. El juez apunta que los análisis médicos no detectaron trastornos psiquiátricos ni indicios de consumo de drogas.
Los profesionales describen a la detenida con un «discurso coherente y lineal», aunque observan en ella una considerable «indiferencia afectiva» frente a la tragedia. Asimismo, el magistrado destaca la discrepancia entre su llamada inicial al padre, donde afirmó que la niña había «caído al agua», y la confesión pormenorizada posterior ante el instructor.
Posible pena de prisión permanente revisable
Considerando la extrema vulnerabilidad de la víctima y las circunstancias del hecho, el juez identifica indicios claros de un delito de asesinato con alevosía. Por ello, el auto subraya que la acusada podría enfrentarse a la pena de prisión permanente revisable.
La orden de prisión preventiva se fundamenta, además, en el riesgo de fuga debido a su falta de arraigo en España y a su situación administrativa irregular, mientras continúa el proceso de instrucción.
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