El Ministerio de Derechos Sociales ha revisado el Reglamento de Espectáculos Taurinos para prohibir actos que ridiculicen a personas con enanismo. Las multas pueden alcanzar hasta un millón de euros.
El Consejo de Ministros aprobó el martes 24 de febrero de 2026 un real decreto que pone fin a los espectáculos cómico-taurinos en España, como los protagonizados por el popularmente llamado ‘bombero torero’. Liderada por el ministro Pablo Bustinduy, esta reforma prohíbe cualquier evento que implique una mofa pública o denigración hacia personas con discapacidad, en particular aquellos con acondroplasia (enanismo).
Con esta actualización del artículo 90 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, se elimina la posibilidad legal que algunos ayuntamientos usaban para autorizar estos espectáculos. Desde ahora, las autoridades no podrán otorgar permisos para funciones que menoscaben la dignidad de colectivos sociales vulnerables.
Sanciones y programas de apoyo laboral
Las nuevas medidas aumentan las penalizaciones para organizadores:
- Calificación: Se consideran infracciones muy graves.
- Multas: Las sanciones económicas irán desde 600.000 hasta un millón de euros.
- Apoyo laboral: El Ministerio mantiene el programa «Pisadas con dignidad», en colaboración con la Fundación ONCE. Este plan brinda formación y respaldo social a personas con discapacidad vinculadas a estos espectáculos para promover su inserción en trabajos que el Gobierno describe como «dignos y no precarios».
«Nunca más la discapacidad como motivo de burla»
En la rueda de prensa posterior, Bustinduy (Sumar) declaró de forma enfática: «No se debe permitir que la discapacidad sirva para generar burlas o ridiculizaciones con fines lucrativos».
Esta decisión concluye un proceso iniciado en 2024, cuando el Ministerio presentó denuncias ante la Fiscalía contra espectáculos como el ‘Popeye Torero’ realizado en Teruel. Aunque algunos artistas con acondroplasia apoyaban su derecho a participar voluntariamente, el Ejecutivo prioriza la protección de la dignidad humana por encima de la libertad individual en este ámbito.
Puntos destacados del nuevo marco normativo
| Medida | Detalle |
| Normativa modificada | Artículo 90.4 del Reglamento de Espectáculos Taurinos. |
| Prohibición | Eventos que ridiculicen o menosprecien a personas con discapacidad. |
| Control | La autoridad competente no podrá conceder autorizaciones para estos actos. |
| Marco legal | Real Decreto con vigencia tras su publicación en el BOE. |
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