El Consejo de Ministros elimina trabas administrativas para asegurar la atención pública a personas sin documentación. La iniciativa contempla acceso inmediato para grupos vulnerables, reconocimiento del derecho al aborto y la supresión de copagos ortoprotésicos para quienes tienen rentas más bajas.
España avanza hacia un sistema sanitario totalmente universal. Este martes, el Ejecutivo ha aprobado un Real Decreto que regula el acceso a la asistencia pública para personas extranjeras sin residencia legal, con el fin de unificar criterios entre las comunidades autónomas y evitar la facturación de servicios sanitarios a personas sin recursos.
Acceso al sistema mediante una “declaración responsable”
La novedad principal consiste en simplificar el trámite de acceso. A partir de ahora, el derecho a la salud podrá solicitarse mediante una declaración responsable en la que el solicitante manifieste que no cuenta con otro tipo de cobertura sanitaria.
Para acreditar la residencia en España, no será obligatorio el empadronamiento; podrán presentarse otros documentos alternativos como:
- Certificados de escolarización.
- Facturas de servicios básicos (agua, electricidad, etc.).
- Informes emitidos por servicios sociales.
Al presentar la solicitud, se expedirá un documento provisional que asegura la atención sanitaria desde el primer momento. El Gobierno establece un plazo de tres meses para resolver la solicitud; en caso de no recibir respuesta, se aplicará el silencio administrativo positivo, garantizando el derecho sin límite de tiempo.
No más facturas por falta de documentación
La ministra de Sanidad, Mónica García, subrayó que las administraciones deberán iniciar el proceso de oficio si la persona necesita atención urgente y no puede tramitarlo por sí misma. “Evitamos que alguien reciba asistencia y luego una factura simplemente por no haber completado trámites administrativos”, afirmó.
El decreto también establece colectivos con protección inmediata que tendrán garantizada la asistencia sanitaria independientemente de su situación administrativa:
- Menores de edad y mujeres embarazadas.
- Víctimas de violencia machista, trata de personas o explotación sexual.
- Solicitantes de asilo o protección internacional.
- Derecho al aborto: Se reconoce expresamente el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo para mujeres extranjeras sin residencia legal.
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