La Fiscalía y la Abogacía del Estado han pedido al Tribunal Constitucional (TC) que otorgue el amparo al expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, ante la decisión del Tribunal Supremo de no reconocerle la Ley de Amnistía en relación con el delito de malversación.
Ambas instituciones han presentado escritos ante el TC en los que defienden que el tribunal supremo debería haber aplicado esta norma aprobada por el Parlamento. Critican la interpretación del Supremo que excluyó la malversación del ámbito de la ley, pues consideran que dicha interpretación se aparta de la voluntad legislativa y afecta derechos constitucionales.
La Abogacía del Estado argumenta que el Supremo debió aplicar la ley conforme a la voluntad del legislador, destacando que la interpretación de una norma penal no puede ser “totalmente imprevisible” ni carecer de fundamentación. En su opinión, el fallo constituye una interpretación “sin motivación y poco razonable” que vulneraría el artículo 24 de la Constitución, referente al derecho a la tutela judicial efectiva.
Por su parte, la Fiscalía indica que el Supremo no respetó los criterios constitucionales para emitir una resolución jurídicamente fundamentada y libre de arbitrariedad. El Ministerio Público considera que la decisión no está suficientemente justificada y contradice el propósito de la ley, que, según su preámbulo, pretende poner fin a condenas y procesos judiciales derivados del procés independentista “sin excepciones” para quienes participaron en ellos.
Ambos organismos señalan una serie de inconsistencias y saltos argumentales en la resolución del Supremo que, a su juicio, podrían infringir el derecho a una resolución fundamentada. Por ello, solicitan al Constitucional que admita el recurso de amparo presentado por Puigdemont.
La resolución del TC está condicionada al pronunciamiento previo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por tribunales españoles en relación con esta ley. Se espera que la decisión europea se emita, como máximo, en marzo. En noviembre, el abogado general del TJUE emitió un informe favorable a la norma, considerándola aprobada en un contexto de reconciliación política y social y sin vínculo directo entre los gastos del procés y perjuicios a las finanzas de la Unión Europea.
Una vez resuelta la cuestión por la justicia europea, el Constitucional podrá abordar directamente el recurso de amparo. En caso de que el fallo favorezca a Puigdemont, la ejecución práctica de la amnistía corresponderá al Tribunal Supremo.
Mientras tanto, Puigdemont sigue sin poder retornar a España. Hace dos semanas, el Tribunal Constitucional decidió, por una mayoría de 10 votos frente a 1, mantener la orden de detención nacional en su contra hasta que se resuelva el recurso.
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