Bomberos, policías locales, policías autonómicos, mineros… varios grupos en España pueden retirarse antes de la edad legal gracias al reconocimiento de su trabajo como profesión de riesgo. Sin embargo, los militares aún no están incluidos en este listado. Aquí se presenta la comparación completa.
La discusión sobre la profesión de riesgo militar ha recobrado relevancia tras que ASFASPRO, AUME y UMT solicitaran una reunión inmediata con la ministra de Defensa. Para comprender las demandas, es útil observar con qué cuerpos se comparan y las diferencias existentes en la actualidad.
La tabla: quién puede jubilarse antes en España y por qué
| Colectivo | Profesión de riesgo | Edad de jubilación | Régimen | Requisitos principales |
|---|---|---|---|---|
| Mineros del carbón | Sí | Desde 45-52 años | Régimen General (especial) | Coeficiente de hasta 2 años cotizados por cada año trabajado dentro de mina |
| Trabajadores del mar | Sí | Alrededor de 55 años | Régimen Especial del Mar | Pesca de altura; períodos específicos de cotización |
| Bomberos | Sí | 55-58 años | Régimen General | Varía según municipio y comunidad autónoma |
| Policía Nacional | Régimen especial* | Desde 59 años | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Mínimo 30 años de servicio efectivo |
| Guardia Civil | Régimen especial* | Desde 59 años | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Mínimo 30 años de servicio efectivo |
| Policías autonómicos (Ertzaintza, Mossos, Policía Foral) | Sí | Alrededor de 59-60 años | Régimen General | Coeficientes similares a los de Policía Nacional |
| Policías locales | Sí | Desde los 60 años (de forma voluntaria) | Régimen General | Jubilación obligatoria a los 65; retiro anticipado voluntario a partir de 60 |
| Controladores aéreos | Sí | 60 años | Régimen General | Convenio específico de ENAIRE |
| Pilotos de aviación comercial | Sí | 60 años | Régimen General | Restricciones EASA; convenios con aerolíneas |
| Militares (tropa) | No | 58 años (retiro obligatorio) | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Sin coeficientes reductores; pensión proporcional a los años de servicio |
| Militares (suboficiales y oficiales) | No | 61-65 años según escala | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Sin coeficientes reductores |
| Militares (generales) | No | Hasta 68 años | Clases Pasivas | Sin coeficientes reductores |
(*) Policía Nacional y Guardia Civil no cuentan formalmente con el reconocimiento de «profesión de riesgo» al igual que bomberos o mineros, pero sí disponen de un régimen de jubilación anticipada con condiciones más ventajosas que las de los militares.
El dato que evidencia la desigualdad
Un bombero que combate incendios puede retirarse con la pensión completa a los 55 años. Un policía local, a los 60. Un guardia civil, a los 59. Pero un militar que manipula explosivos, actúa en zonas de conflicto o realiza paracaidismo en territorios hostiles no cuenta con coeficientes reductores y, si se jubila antes de la edad reglamentaria, su pensión se reduce.
Según cifras del Ministerio de Defensa, entre 2011 y 2022 falleció un militar español en acto de servicio cada 22 días.
Motivos por los cuales los militares no están incluidos
No hay una causa técnica específica. Las asociaciones militares llevan años denunciando esta exclusión, y en marzo de 2026 el Ministerio de Defensa realizó el primer paso formal presentando una propuesta al COPERFAS (Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas) para comenzar el proceso de reconocimiento.
El principal inconveniente es normativo: para los militares ingresados antes de 2011 bajo el régimen de Clases Pasivas, los coeficientes reductores por profesión de riesgo no se aplican directamente. Esto requeriría cambios legales que, según las asociaciones, «dificilmente se completarán antes de las próximas elecciones generales» en 2027.
Demandas de las asociaciones
ASFASPRO, AUME y UMT solicitan, entre otras medidas, un coeficiente reductor de 0,20 por año de servicio que permitiría a los militares jubilarse desde los 60 años sin pérdida en la pensión, y la igualación de sus haberes reguladores con los de Policía Nacional y Guardia Civil.
El caso singular de Ceuta
Con aproximadamente 3.500 militares para una población de 84.000 habitantes, Ceuta es el municipio español donde este debate tiene mayor impacto directo. Un militar representa cerca de uno de cada 24 ceutíes, y el reconocimiento como profesión de riesgo influiría en miles de familias de la ciudad.
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La discusión sobre la profesión de riesgo militar ha recobrado relevancia tras que ASFASPRO, AUME y UMT solicitaran una reunión inmediata con la ministra de Defensa. Para comprender las demandas, es útil observar con qué cuerpos se comparan y las diferencias existentes en la actualidad.
La tabla: quién puede jubilarse antes en España y por qué
| Colectivo | Profesión de riesgo | Edad de jubilación | Régimen | Requisitos principales |
|---|---|---|---|---|
| Mineros del carbón | Sí | Desde 45-52 años | Régimen General (especial) | Coeficiente de hasta 2 años cotizados por cada año trabajado dentro de mina |
| Trabajadores del mar | Sí | Alrededor de 55 años | Régimen Especial del Mar | Pesca de altura; períodos específicos de cotización |
| Bomberos | Sí | 55-58 años | Régimen General | Varía según municipio y comunidad autónoma |
| Policía Nacional | Régimen especial* | Desde 59 años | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Mínimo 30 años de servicio efectivo |
| Guardia Civil | Régimen especial* | Desde 59 años | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Mínimo 30 años de servicio efectivo |
| Policías autonómicos (Ertzaintza, Mossos, Policía Foral) | Sí | Alrededor de 59-60 años | Régimen General | Coeficientes similares a los de Policía Nacional |
| Policías locales | Sí | Desde los 60 años (de forma voluntaria) | Régimen General | Jubilación obligatoria a los 65; retiro anticipado voluntario a partir de 60 |
| Controladores aéreos | Sí | 60 años | Régimen General | Convenio específico de ENAIRE |
| Pilotos de aviación comercial | Sí | 60 años | Régimen General | Restricciones EASA; convenios con aerolíneas |
| Militares (tropa) | No | 58 años (retiro obligatorio) | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Sin coeficientes reductores; pensión proporcional a los años de servicio |
| Militares (suboficiales y oficiales) | No | 61-65 años según escala | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Sin coeficientes reductores |
| Militares (generales) | No | Hasta 68 años | Clases Pasivas | Sin coeficientes reductores |
(*) Policía Nacional y Guardia Civil no cuentan formalmente con el reconocimiento de «profesión de riesgo» al igual que bomberos o mineros, pero sí disponen de un régimen de jubilación anticipada con condiciones más ventajosas que las de los militares.
El dato que evidencia la desigualdad
Un bombero que combate incendios puede retirarse con la pensión completa a los 55 años. Un policía local, a los 60. Un guardia civil, a los 59. Pero un militar que manipula explosivos, actúa en zonas de conflicto o realiza paracaidismo en territorios hostiles no cuenta con coeficientes reductores y, si se jubila antes de la edad reglamentaria, su pensión se reduce.
Según cifras del Ministerio de Defensa, entre 2011 y 2022 falleció un militar español en acto de servicio cada 22 días.
Motivos por los cuales los militares no están incluidos
No hay una causa técnica específica. Las asociaciones militares llevan años denunciando esta exclusión, y en marzo de 2026 el Ministerio de Defensa realizó el primer paso formal presentando una propuesta al COPERFAS (Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas) para comenzar el proceso de reconocimiento.
El principal inconveniente es normativo: para los militares ingresados antes de 2011 bajo el régimen de Clases Pasivas, los coeficientes reductores por profesión de riesgo no se aplican directamente. Esto requeriría cambios legales que, según las asociaciones, «dificilmente se completarán antes de las próximas elecciones generales» en 2027.
Demandas de las asociaciones
ASFASPRO, AUME y UMT solicitan, entre otras medidas, un coeficiente reductor de 0,20 por año de servicio que permitiría a los militares jubilarse desde los 60 años sin pérdida en la pensión, y la igualación de sus haberes reguladores con los de Policía Nacional y Guardia Civil.
El caso singular de Ceuta
Con aproximadamente 3.500 militares para una población de 84.000 habitantes, Ceuta es el municipio español donde este debate tiene mayor impacto directo. Un militar representa cerca de uno de cada 24 ceutíes, y el reconocimiento como profesión de riesgo influiría en miles de familias de la ciudad.
Bomberos, policías locales, policías autonómicos, mineros… varios grupos en España pueden retirarse antes de la edad legal gracias al reconocimiento de su trabajo como profesión de riesgo. Sin embargo, los militares aún no están incluidos en este listado. Aquí se presenta la comparación completa.
La discusión sobre la profesión de riesgo militar ha recobrado relevancia tras que ASFASPRO, AUME y UMT solicitaran una reunión inmediata con la ministra de Defensa. Para comprender las demandas, es útil observar con qué cuerpos se comparan y las diferencias existentes en la actualidad.
La tabla: quién puede jubilarse antes en España y por qué
| Colectivo | Profesión de riesgo | Edad de jubilación | Régimen | Requisitos principales |
|---|---|---|---|---|
| Mineros del carbón | Sí | Desde 45-52 años | Régimen General (especial) | Coeficiente de hasta 2 años cotizados por cada año trabajado dentro de mina |
| Trabajadores del mar | Sí | Alrededor de 55 años | Régimen Especial del Mar | Pesca de altura; períodos específicos de cotización |
| Bomberos | Sí | 55-58 años | Régimen General | Varía según municipio y comunidad autónoma |
| Policía Nacional | Régimen especial* | Desde 59 años | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Mínimo 30 años de servicio efectivo |
| Guardia Civil | Régimen especial* | Desde 59 años | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Mínimo 30 años de servicio efectivo |
| Policías autonómicos (Ertzaintza, Mossos, Policía Foral) | Sí | Alrededor de 59-60 años | Régimen General | Coeficientes similares a los de Policía Nacional |
| Policías locales | Sí | Desde los 60 años (de forma voluntaria) | Régimen General | Jubilación obligatoria a los 65; retiro anticipado voluntario a partir de 60 |
| Controladores aéreos | Sí | 60 años | Régimen General | Convenio específico de ENAIRE |
| Pilotos de aviación comercial | Sí | 60 años | Régimen General | Restricciones EASA; convenios con aerolíneas |
| Militares (tropa) | No | 58 años (retiro obligatorio) | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Sin coeficientes reductores; pensión proporcional a los años de servicio |
| Militares (suboficiales y oficiales) | No | 61-65 años según escala | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Sin coeficientes reductores |
| Militares (generales) | No | Hasta 68 años | Clases Pasivas | Sin coeficientes reductores |
(*) Policía Nacional y Guardia Civil no cuentan formalmente con el reconocimiento de «profesión de riesgo» al igual que bomberos o mineros, pero sí disponen de un régimen de jubilación anticipada con condiciones más ventajosas que las de los militares.
El dato que evidencia la desigualdad
Un bombero que combate incendios puede retirarse con la pensión completa a los 55 años. Un policía local, a los 60. Un guardia civil, a los 59. Pero un militar que manipula explosivos, actúa en zonas de conflicto o realiza paracaidismo en territorios hostiles no cuenta con coeficientes reductores y, si se jubila antes de la edad reglamentaria, su pensión se reduce.
Según cifras del Ministerio de Defensa, entre 2011 y 2022 falleció un militar español en acto de servicio cada 22 días.
Motivos por los cuales los militares no están incluidos
No hay una causa técnica específica. Las asociaciones militares llevan años denunciando esta exclusión, y en marzo de 2026 el Ministerio de Defensa realizó el primer paso formal presentando una propuesta al COPERFAS (Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas) para comenzar el proceso de reconocimiento.
El principal inconveniente es normativo: para los militares ingresados antes de 2011 bajo el régimen de Clases Pasivas, los coeficientes reductores por profesión de riesgo no se aplican directamente. Esto requeriría cambios legales que, según las asociaciones, «dificilmente se completarán antes de las próximas elecciones generales» en 2027.
Demandas de las asociaciones
ASFASPRO, AUME y UMT solicitan, entre otras medidas, un coeficiente reductor de 0,20 por año de servicio que permitiría a los militares jubilarse desde los 60 años sin pérdida en la pensión, y la igualación de sus haberes reguladores con los de Policía Nacional y Guardia Civil.
El caso singular de Ceuta
Con aproximadamente 3.500 militares para una población de 84.000 habitantes, Ceuta es el municipio español donde este debate tiene mayor impacto directo. Un militar representa cerca de uno de cada 24 ceutíes, y el reconocimiento como profesión de riesgo influiría en miles de familias de la ciudad.
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La discusión sobre la profesión de riesgo militar ha recobrado relevancia tras que ASFASPRO, AUME y UMT solicitaran una reunión inmediata con la ministra de Defensa. Para comprender las demandas, es útil observar con qué cuerpos se comparan y las diferencias existentes en la actualidad.
La tabla: quién puede jubilarse antes en España y por qué
| Colectivo | Profesión de riesgo | Edad de jubilación | Régimen | Requisitos principales |
|---|---|---|---|---|
| Mineros del carbón | Sí | Desde 45-52 años | Régimen General (especial) | Coeficiente de hasta 2 años cotizados por cada año trabajado dentro de mina |
| Trabajadores del mar | Sí | Alrededor de 55 años | Régimen Especial del Mar | Pesca de altura; períodos específicos de cotización |
| Bomberos | Sí | 55-58 años | Régimen General | Varía según municipio y comunidad autónoma |
| Policía Nacional | Régimen especial* | Desde 59 años | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Mínimo 30 años de servicio efectivo |
| Guardia Civil | Régimen especial* | Desde 59 años | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Mínimo 30 años de servicio efectivo |
| Policías autonómicos (Ertzaintza, Mossos, Policía Foral) | Sí | Alrededor de 59-60 años | Régimen General | Coeficientes similares a los de Policía Nacional |
| Policías locales | Sí | Desde los 60 años (de forma voluntaria) | Régimen General | Jubilación obligatoria a los 65; retiro anticipado voluntario a partir de 60 |
| Controladores aéreos | Sí | 60 años | Régimen General | Convenio específico de ENAIRE |
| Pilotos de aviación comercial | Sí | 60 años | Régimen General | Restricciones EASA; convenios con aerolíneas |
| Militares (tropa) | No | 58 años (retiro obligatorio) | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Sin coeficientes reductores; pensión proporcional a los años de servicio |
| Militares (suboficiales y oficiales) | No | 61-65 años según escala | Clases Pasivas / R. General (post-2011) | Sin coeficientes reductores |
| Militares (generales) | No | Hasta 68 años | Clases Pasivas | Sin coeficientes reductores |
(*) Policía Nacional y Guardia Civil no cuentan formalmente con el reconocimiento de «profesión de riesgo» al igual que bomberos o mineros, pero sí disponen de un régimen de jubilación anticipada con condiciones más ventajosas que las de los militares.
El dato que evidencia la desigualdad
Un bombero que combate incendios puede retirarse con la pensión completa a los 55 años. Un policía local, a los 60. Un guardia civil, a los 59. Pero un militar que manipula explosivos, actúa en zonas de conflicto o realiza paracaidismo en territorios hostiles no cuenta con coeficientes reductores y, si se jubila antes de la edad reglamentaria, su pensión se reduce.
Según cifras del Ministerio de Defensa, entre 2011 y 2022 falleció un militar español en acto de servicio cada 22 días.
Motivos por los cuales los militares no están incluidos
No hay una causa técnica específica. Las asociaciones militares llevan años denunciando esta exclusión, y en marzo de 2026 el Ministerio de Defensa realizó el primer paso formal presentando una propuesta al COPERFAS (Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas) para comenzar el proceso de reconocimiento.
El principal inconveniente es normativo: para los militares ingresados antes de 2011 bajo el régimen de Clases Pasivas, los coeficientes reductores por profesión de riesgo no se aplican directamente. Esto requeriría cambios legales que, según las asociaciones, «dificilmente se completarán antes de las próximas elecciones generales» en 2027.
Demandas de las asociaciones
ASFASPRO, AUME y UMT solicitan, entre otras medidas, un coeficiente reductor de 0,20 por año de servicio que permitiría a los militares jubilarse desde los 60 años sin pérdida en la pensión, y la igualación de sus haberes reguladores con los de Policía Nacional y Guardia Civil.
El caso singular de Ceuta
Con aproximadamente 3.500 militares para una población de 84.000 habitantes, Ceuta es el municipio español donde este debate tiene mayor impacto directo. Un militar representa cerca de uno de cada 24 ceutíes, y el reconocimiento como profesión de riesgo influiría en miles de familias de la ciudad.
















