El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado la solicitud para suspender de forma cautelar la pena de inhabilitación dictada por el Tribunal Supremo (TS) en la sentencia relacionada con el procés. Por consiguiente, el presidente de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa permanecerán inhabilitados, con Junqueras impedido para presentarse a cargos públicos hasta 2031. El TC señala que este tipo de medidas cautelares son excepcionales y que no se ha demostrado un daño irreparable «real y acreditado» que justifique suspender dichas penas antes de resolver los recursos de amparo.
Motivos del TC para confirmar la inhabilitación
La resolución del Tribunal Constitucional afecta a las prolongadas penas de inhabilitación absoluta, que oscilan entre 12 y 13 años, impuestas a los recurrentes, basándose en criterios clave contemplados en su jurisprudencia:
- Duración significativa: Las penas de inhabilitación son amplias, en algunos casos con más de cinco años todavía por cumplir.
- Daño hipotético: El TC considera que dado que no hay próximas elecciones inmediatas a las que puedan presentarse los afectados, el posible perjuicio es meramente hipotético, sin evidenciar un daño irreparable «real y acreditado». Se espera que los recursos de amparo se resuelvan entre febrero y marzo del próximo año.
- Interés público: Los magistrados priorizan el interés general en la ejecución de las decisiones judiciales y la garantía de la confianza pública en las instituciones sobre las posibles afectaciones personales.
- Posibilidad de reincorporación: Se considera el perjuicio que supondría para el interés general revocar la inhabilitación, dadas la gravedad de los delitos cometidos por los cargos públicos y el riesgo de que retomen responsabilidades públicas.
El Tribunal Constitucional precisa que esta resolución cautelar no prejuzga el fondo del asunto sobre si hubo vulneración de derechos fundamentales en las demandas de amparo.
Unidad en el Pleno y desacuerdo con la Abogacía del Estado
La decisión fue adoptada por el Pleno, que incorporó las ponencias del presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, y de los magistrados César Tolosa y José María Macías, todas orientadas a descartar la suspensión cautelar.
El fallo contó con un consenso entre los magistrados, pese a que la Abogacía del Estado apoyaba la suspensión de las inhabilitaciones. Las ponencias se ajustaron para suavizar las críticas del magistrado Macías hacia la posición de la Abogacía, logrando mayorías para rechazar la medida cautelar.
Antecedentes de la condena y la Ley de Amnistía
Junqueras, Romeva, Turull y Bassa recibieron un indulto parcial por parte del Gobierno. Sin embargo, este solo abarcó las penas de prisión, dejando vigente la inhabilitación.
A pesar de que se consideró que la Ley de Amnistía podría eliminar la inhabilitación, el Tribunal Supremo rechaza amnistiar el delito de malversación por el que fueron condenados. Según el tribunal, la financiación del proceso independentista con recursos públicos está excluida expresamente del ámbito de la ley.











