El Ministerio de Hacienda ha decidido aplazar la obligatoriedad de implementar el sistema de verificación de facturas Verifactu hasta el año 2027, proporcionando un margen adicional a pymes y autónomos. No obstante, esta extensión no es completa, ya que el software de facturación adquirido desde julio de 2025 deberá estar completamente ajustado al nuevo marco regulatorio.Cuerpo del Artículo
Bajo la dirección de la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, el Ministerio de Hacienda ha atendido las demandas del sector empresarial y ha modificado las fechas de implementación del sistema Verifactu.
La implantación obligatoria se aplicará en dos etapas:
- 1 de enero de 2027: Para grandes compañías sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027: Para el conjunto de pymes y autónomos.
Los técnicos de Hacienda (Gestha) han valorado positivamente esta ampliación, señalando que permitirá a las compañías llevar a cabo una adaptación más segura; destacaron que aproximadamente el 79% de las pequeñas y medianas empresas no estaban preparadas para el plan inicial.
La adaptación del software no se pospone
A pesar del aplazamiento en la obligatoriedad, expertos en tecnología advierten que la prórroga es limitada. Javier Torres, director general de Cegid, puntualiza que el nuevo calendario solo modifica cuándo será obligatorio emitir facturas verificables, pero la obligación de adecuar el software no cambia.
Todo programa de facturación adquirido o vendido a partir del 29 de julio de 2025 –ya sea por cambio de sistema o inicio de actividad– deberá cumplir con las normativas de Verifactu y del Reglamento SIF (Sistemas Informáticos de Facturación). Asimismo, las exigencias de la Ley Antifraude y las condiciones para las actualizaciones de software ya existentes permanecen sin modificación.
Respuestas del sector empresarial: reconocimiento del aplazamiento con reservas
Las asociaciones empresariales, que solicitaron durante meses la revisión del calendario, han manifestado una valoración positiva del cambio.
- Asociaciones Alimentarias (Ceoppan, Fedepesca, Cedecarne): Señalaron que el cronograma anterior habría sido una «carga muy difícil de asumir» para miles de pequeños comercios, especialmente frente a sanciones de hasta 50.000 euros por usar software sin certificación.
- Jóvenes Empresarios (Ceaje): Subrayaron que el aplazamiento era fundamental para no perjudicar a los pequeños negocios.
- Cepyme: Reconoció la mejora en el calendario, aunque solicitó que las siguientes etapas del despliegue se planifiquen con un «enfoque realista» para evitar costes excesivos para las pequeñas empresas.
Verifactu: finalidad y modalidades
La Agencia Tributaria ha desarrollado Verifactu como un sistema de registro de facturación dentro del marco de la Ley Antifraude, con el propósito principal de asegurar que las facturas emitidas sean inalterables, trazables y accesibles desde su emisión.
La regulación afecta a autónomos y empresas no acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII).
El sistema incluye dos modalidades esenciales:
- Verifactu: Envía automáticamente y en tiempo real los registros de facturación a la AEAT.
- No Verifactu: No remite los datos en tiempo real, pero mantiene los requisitos de integridad, firma electrónica y conservación estricta de los registros.
Además, el Reglamento establece la obligación de añadir un código QR tributario y de generar un registro seguro para cada factura.











