El acusado ha aceptado la pena de cárcel y las medidas accesorias tras admitir los hechos ocurridos la madrugada del 6 de julio
El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta ha impuesto una condena a B.H.M. por un delito de agresión sexual y otro leve de lesiones, después de que reconociera su responsabilidad en los hechos ocurridos la madrugada del pasado 6 de julio en la zona de las escolleras del Poblado Marinero.
Durante la vista, el acusado confirmó el acuerdo alcanzado en la fase de instrucción, aceptando una pena de un año de prisión por agresión sexual, a la que se suma un año de libertad vigilada. Además, se le ha impuesto la inhabilitación especial para realizar cualquier actividad, remunerada o no, que suponga contacto directo y habitual con menores de dos años.
Dentro de las medidas accesorias, destaca la prohibición de acercarse a menos de 100 metros de la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier espacio en el que ella se encuentre, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante un periodo de tres años.
Suspensión condicional de la pena bajo condiciones estrictas
Aunque se ha dictado la pena de prisión, esta queda suspendida por dos años, siempre que el condenado cumpla tres requisitos: no cometer nuevos delitos durante ese tiempo, respetar la orden de alejamiento y abonar la responsabilidad civil establecida en 2.552,70 euros.
Por el delito leve de lesiones, se le impone una multa de un mes con cuota diaria de cinco euros, con la advertencia de que el impago conllevará la sustitución por días de privación de libertad.
Detalles de los hechos: agresión durante la madrugada
Según la resolución judicial, los hechos ocurrieron la madrugada del 6 de julio. La víctima entabló una conversación con el acusado en el entorno del Poblado Marinero. Ambos se dirigieron a las escolleras, donde el condenado la besó y realizó tocamientos sin su consentimiento, intentando mantener relaciones sexuales con ella.
Cuando la joven trató de alejarse, él la sujetó fuertemente del antebrazo izquierdo, pero finalmente logró liberarse y marcharse del lugar.
Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió daño físico y psicológico, incluyendo una crisis de ansiedad, contusiones y erosiones que tardaron 45 días en sanar, con 30 días considerados de perjuicio moderado y 15 días de perjuicio básico.
Investigación policial y proceso judicial
La víctima presentó una denuncia en la Jefatura Superior de Policía Nacional. La investigación fue llevada a cabo por el grupo UFAM (Unidad de Familia y Mujer) de la Brigada Provincial de Policía Judicial, que identificó y detuvo al agresor.
El cumplimiento íntegro de las penas es obligatorio, y la falta de respeto a las medidas impuestas —como la orden de alejamiento, la libertad vigilada o el pago de la indemnización— podría derivar en el cumplimiento efectivo de la pena de prisión.
Un delito con impacto grave
La agresión sexual supone una violación grave de los derechos fundamentales, afectando significativamente la integridad física y emocional de la víctima. El sistema judicial, con sentencias como esta, reafirma su compromiso con la protección de las víctimas, la reparación del daño causado y la prevención de futuros casos.
